La Ley 40/2002, de 14 de noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento, regula el régimen jurídico aplicable a los aparcamientos en los que una persona titular cede, como actividad mercantil, un espacio en un local o recinto para el estacionamiento de vehículos a motor. Esto supone el cumplimiento por su parte de unos deberes de vigilancia y custodia durante el tiempo de ocupación, a cambio de un precio determinado en función del tiempo real de prestación del servicio.
Se consideran dos modalidades de prestación de este tipo de servicio:
- Estacionamiento o aparcamiento con reserva de plaza. En este caso la titularidad del aparcamiento queda obligada a mantener durante todo el periodo de tiempo pactado una plaza de aparcamiento a disposición plena de la persona usuaria.
- Estacionamiento o aparcamiento rotatorio. En este supuesto, la titularidad del aparcamiento se obliga a facilitar una plaza de aparcamiento por un periodo de tiempo variable, no prefijado. En esta modalidad, se pactará el precio por minuto de estacionamiento, sin posibilidad de redondeos a unidades de tiempo no efectivamente consumidas o utilizadas.
Se excluyen del concepto de aparcamiento establecido en la Ley 40/2002, de 14 de noviembre:
- Estacionamientos en las denominadas zonas de estacionamiento regulado o en la vía pública (tanto si exigen el pago de tasas, como si no).
- Estacionamientos no retribuidos directa o indirectamente.
Si necesita información en materia de consumo no dude en contactar con nosotros. Le recordamos que estamos a su disposición de forma gratuita a través del número de teléfono 900 21 50 80*, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, en horario de atención de 8.00 a 20.00 horas de lunes a viernes y de 8.00 a 15.00 horas los sábados (salvo festivos), así como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Y si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.
*El horario de atención telefónica es de lunes a viernes, de 8.00 a 20.00 horas; y sábados, de 8.00 a 15.00 horas, excepto festivos nacionales y autonómicos. En los días 24 y 31 de diciembre (salvo domingos), el horario de atención telefónica es de 8.00 a 15.00 horas.