Presupuesto y resguardo de depósito de los talleres de reparación de vehículos

Toda persona usuaria de los servicios de un taller de reparaciones de vehículos tiene derecho a la elaboración gratuita de un presupuesto por escrito. Asimismo, si un vehículo quedara en un taller, este entregará a la persona usuaria el denominado resguardo de depósito del vehículo.

Presupuesto.

La persona usuaria, o quien actúe en su nombre, goza del derecho de elaboración gratuita de un presupuesto escrito.

Validez del presupuesto.

El presupuesto que se elabore en un taller de reparación de vehículos tiene una validez mínima de 12 días hábiles.

Excepción a la elaboración gratuita del presupuesto.

El único supuesto en que se podrá cobrar por la elaboración de un presupuesto en un taller de reparación de vehículos será cuando la clientela no realice seguidamente la reparación en el taller en que fue elaborado, siempre que se hubieran hecho constar previamente, en el resguardo de depósito acreditativo de la entrega del vehículo para la confección del presupuesto:

  • Los trabajos necesarios para la elaboración de este.
  • Su precio correspondiente.
  • La aceptación previa de su coste por la persona consumidora.

Aspectos del presupuesto.

  • Si se detectara la necesidad de incorporar piezas o de restituir materiales para dejar el vehículo en las condiciones en las que estaba anteriormente, deberá comunicar previamente a la persona usuaria el coste de los mismos.
  • Cuando, una vez iniciados los trabajos necesarios para diagnosticar la avería, hayan transcurrido 4 horas sin que haya sido localizada la misma, el taller deberá poner en conocimiento de la persona usuaria esta situación a fin de que este dé su conformidad por escrito para que el taller continúe con las operaciones necesarias para conseguir localizar el problema que tenga el vehículo.

Contenido del presupuesto.

En el presupuesto debe figurar:

  • El número del taller en el correspondiente Registro de Industria de Andalucía, así como su identificación fiscal y la dirección de su localización.
  • El nombre y domicilio de la persona usuaria y número de DNI o CIF.
  • La identificación del vehículo, con expresión de marca, modelo, matrícula y número de kilómetros recorridos.
  • Reparaciones a efectuar, elementos a reparar o sustituir y/o cualquier otra actividad, con indicación del precio total desglosado a satisfacer por la persona usuaria.
  • La fecha y firma de la empresa prestadora del servicio.
  • La fecha prevista de entrega del vehículo ya reparado, a partir de la aceptación del presupuesto. Si por circunstancias sobrevenidas y ajenas al taller, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha prevista, la incidencia deberá comunicarse a la persona usuaria con una antelación de 48 horas a la fecha prevista en el presupuesto (exigencia aplicable cuando el tiempo necesario para hacer la reparación sea, al menos, de 1 semana).
  • Indicación del tiempo de validez del presupuesto (mínimo 12 días).
  • Espacio reservado para la fecha y la firma de aceptación por la persona usuaria.
  • Posibles gastos de estancia por días, si procede.

Otras consideraciones sobre los presupuestos.

  • Si el presupuesto no fuera aceptado por la persona usuaria, el vehículo deberá devolverse en análogas condiciones a las que fue entregado antes de la realización de dicho presupuesto.
  • Solo podrá prestarse el servicio una vez que la persona usuaria o autorizada haya concedido su conformidad mediante firma del presupuesto, o haya renunciado a la elaboración del mismo, de acuerdo con lo establecido a continuación:
  1. La renuncia a la confección del presupuesto se hará constar en el resguardo de depósito en un apartado específico para tal fin.
  2. Deberá constar impresa, en un recuadro, la mención "Renuncia a la elaboración de presupuesto previo" de forma perfectamente visible y que resalte especialmente, con un tamaño de letra no inferior a 5 milímetros y en negrita. En el mismo recuadro, debajo de esta mención, figurará, en letra que no podrá ser inferior a 1,5 milímetros y en negrita, la siguiente leyenda: "El cliente tiene derecho a la elaboración de un presupuesto previo. Mediante la presente firma el usuario renuncia a la elaboración de presupuesto previo y autoriza a realizar los trabajos necesarios para la reparación del vehículo y/o servicios solicitados conforme a lo reflejado en este resguardo de depósito.".
  3. Seguidamente, y en la parte inferior del recuadro indicado anteriormente, figurará un espacio para la firma de la persona usuaria.
  4. En el caso de que no se haya cumplimentado en el resguardo de depósito el apartado correspondiente a la descripción sucinta de la reparación y/o servicio a prestar, quedará sin efecto la renuncia al presupuesto.
  • Las averías o defectos ocultos que puedan aparecer durante la reparación del vehículo deberán ser puestos en conocimiento de la persona usuaria con expresión de su importe, y solo previa conformidad expresa del mismo podrá realizarse la reparación.
  • Si por circunstancias sobrevenidas y ajenas al taller, el precio de las piezas fuera mayor del presupuestado y no pudiera mantenerse el precio presupuestado inicialmente, dicho incremento deberá ser puesto en conocimiento de la persona usuaria para su aceptación.

La documentación del presupuesto.

  • El presupuesto se expedirá por duplicado, entregándose un ejemplar original a la clientela, que se conservará en todo caso en su poder, tras la retirada del vehículo.
  • Todos los ejemplares del presupuesto han de contener la firma original de la empresa prestadora del servicio y de la clientela, debiendo conservarlos los talleres por plazo no inferior a 1 año desde el vencimiento de la garantía, en su caso, o durante 6 meses desde su emisión si la reparación no fue efectuada.
  • En la documentación relativa al presupuesto constará en la parte superior, en mayúsculas, "ejemplar original de obligada entrega al cliente" y "ejemplar para el prestador del servicio", según corresponda, en letras de tamaño no inferior a 5 milímetros y en negrita.
  • Cuando existan discrepancias entre el ejemplar para la persona usuaria y el del prestador del servicio, se presumirá válido el contenido del ejemplar para la persona usuaria, salvo prueba en contra.

 

Resguardo de depósito.

Cuando un vehículo quedara depositado en el taller, bien para la elaboración de un presupuesto, bien para llevar a cabo una reparación previamente aceptada, el taller entregará a la persona usuaria un resguardo acreditativo del depósito del vehículo. Si ya existiera un presupuesto vigente, este, debidamente firmado por taller y persona usuaria, hará las veces de resguardo de depósito.

Datos que deben aparecer en el resguardo de depósito.

En el resguardo de depósito deberán constar, al menos, los siguientes datos:

  • El número del taller en el oportuno Registro Industrial de Andalucía, así como su identificación fiscal y la dirección de su localización.
  • El nombre y domicilio de la persona usuaria y número de DNI o CIF.
  • La identificación del vehículo, con expresión de marca, modelo, matrícula y número de kilómetros recorridos, así como si el depósito del vehículo se efectúa para la confección del presupuesto o para la reparación del vehículo.
  • Descripción sucinta de la reparación y/o servicio a prestar con sus importes, si ya fueran conocidos, en el caso de que el vehículo se entregue para reparación.
  • Coste de elaboración del presupuesto, cuando el depósito del vehículo se realice para tal fin.
  • Fecha prevista de entrega, bien del presupuesto solicitado, bien del vehículo reparado. Si por circunstancias sobrevenidas y ajenas al taller, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha prevista, esta incidencia deberá comunicarse a la persona usuaria con una antelación de 48 horas a la fecha prevista en el resguardo de depósito. Tal exigencia será aplicable en el caso de que el tiempo inicialmente necesario para hacer la reparación sea, al menos, de 1 semana.
  • Fecha y firma de la empresa prestadora del servicio.
  • Posibles gastos de estancia por días, si procede.

Algunos aspectos importantes del resguardo de depósito.

  • La presentación del resguardo de depósito será necesaria tanto para la recogida del presupuesto como para la retirada del vehículo, debiendo quedar el mismo en poder de la clientela. En caso de pérdida, la persona usuaria deberá identificarse ante el taller.
  • La persona usuaria podrá desistir del encargo realizado en cualquier momento, abonando al taller por los trabajos realizados hasta la retirada del vehículo.
  • Si la persona usuaria lo solicita, el taller deberá entregarle una información detallada por escrito de las reparaciones efectuadas cuando se le devuelva el vehículo reparado.
  • Las personas responsables del taller no podrán utilizar para asuntos propios el vehículo que le ha sido entregado en depósito, salvo autorización expresa de la persona propietaria del mismo.

La documentación del resguardo de depósito.

  • El resguardo de depósito se expedirá por duplicado, entregándose un ejemplar original a la clientela, que se conservará en todo caso en su poder, tras la retirada del vehículo.
  • Todos los ejemplares del resguardo de depósito han de contener la firma original de la empresa prestadora del servicio y de la clientela, debiendo conservarlos los talleres por plazo no inferior a 1 año desde el vencimiento de la garantía, en su caso, o durante 6 meses desde su emisión si la reparación no fue efectuada.
  • En la documentación relativa al resguardo de depósito constará en la parte superior, en mayúsculas, "ejemplar original de obligada entrega al cliente" y "ejemplar para el prestador del servicio", según corresponda, en letras de tamaño no inferior a 5 milímetros y en negrita.
  • Cuando existan discrepancias entre el ejemplar para la persona usuaria y el del prestador del servicio, se presumirá válido el contenido del ejemplar para la persona usuaria, salvo prueba en contra.

 

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