Consumo recomienda la tarifa regulada PVPC para reducir la factura eléctrica

El precio fijo anual o las tarifas del mercado libre pueden incluir compromisos de permanencia y gastos adicionales
Enchufes

La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias recomienda a la ciudadanía revisar las condiciones del contrato de suministro de electricidad y comparar tarifas para elegir la alternativa que mejor se ajuste a sus necesidades. En este sentido, se recuerda que existen tarifas en el mercado libre y en el mercado regulado, siendo en este caso la denominada PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor) la que suele resultar más ventajosa desde el punto de vista económico. Además, es conveniente verificar si la potencia contratada es la adecuada en cada caso, así como si se cumplen los requisitos para beneficiarse del bono social, que supone un descuento en la factura mensual.

La tarifa PVPC es la que se contrata por defecto al dar de alta un punto de suministro eléctrico a tensión no superior a 1kV y con potencia contratada menor o igual a 10 kW. Se trata de una tarifa del mercado regulado y ofrecida por las denominadas comercializadoras de referencia, que se contrata con carácter anual y se prorroga de forma automática, pudiéndose resolver el contrato en cualquier momento sin coste alguno. Los PVPC se calculan incluyendo la suma de los costes de producción de la energía eléctrica, los peajes de acceso y cargos que correspondan, y los costes de comercialización que se determinen.

El PVPC ofrece tres tipos de tarifas de acceso con diferentes precios del término de energía en función del periodo horario de consumo. En primer lugar está la tarifa general o sin discriminación horaria (2.0A), la que se contrata por defecto, que tiene el mismo precio para todas las horas del día. Por otra parte, la tarifa con discriminación horaria de dos periodos (2.0DHA), que diferencia entre un periodo valle más barato (por la noche) y un periodo punta con un precio más caro. Por último, está la tarifa con discriminación horaria supervalle (2.0DHS), que ofrece un periodo en el que la electricidad es más barata debido al menor consumo. Es una tarifa interesante por ejemplo para la recarga de vehículos eléctricos, ya que se traslada el consumo a las horas de menor coste.

 

Alternativas al PVPC

Como alternativa al PVPC, en el mercado regulado las comercializadoras de referencia pueden ofrecer la contratación del suministro mediante un precio fijo anual, ofertas que serán publicadas en la web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). También se puede optar por contratar el suministro eléctrico en el mercado libre con cualquier empresa comercializadora distinta a la de referencia, siendo la única opción en los casos de los suministros en alta tensión o en baja tensión con potencias contratadas superiores a 10 kW. Se trata de un contrato en el mercado no regulado o libre por lo que el precio y condiciones son pactados por ambas partes de mutuo acuerdo en el contrato.

A la hora de pasar de PVPC a alguna otra tarifa, ya sea precio fijo anual en el mercado regulado o una tarifa en el mercado libre, se deben revisar con detenimiento las diferentes ofertas para valorar su conveniencia. Es importante prestar atención a las condiciones de la tarifa, ya que pueden incluir compromisos de permanencia, gastos de penalización por rescindir anticipadamente el contrato, fórmulas de revisión, obligación de contratar servicios accesorios, etc.

Por último, se recuerda que las visitas comerciales para ofrecer cambios en el contrato de suministro eléctrico están prohibidas, salvo solicitud previa por parte de la persona consumidora. En caso de solicitar una visita de este tipo y formalizar un nuevo contrato durante la misma, al hacerse fuera del establecimiento comercial existe el derecho de desistimiento, que permite rescindir el contrato en el plazo de 14 días naturales sin tener que indicar motivo alguno y sin penalización. Este derecho se aplica también en las contrataciones de suministro que se puedan realizar por vía telefónica o por Internet.

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web www.consumoresponde.es, del correo electrónico (consumoresponde@juntadeandalucia.es); del perfil de Twitter (@consumoresponde); y el de Facebook (www.facebook.com/consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMICs), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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