INDICE DE CONTENIDOS.
- Conceptos relacionados con los hornos de uso doméstico
- Obligaciones de las entidades proveedoras de los hornos de uso doméstico
- Obligaciones de las entidades distribuidoras de los hornos de uso doméstico
- Las clases de eficiencia energética
- La ficha del producto
- Información a facilitarse cuando la persona usuaria final no pueda el producto expuesto en el punto de venta (salvo en Internet)
- Información a facilitarse en los casos de que los hornos de uso doméstico se vendan, alquilen o alquilen con derecho a compra a través de Internet
- La etiqueta energética de los hornos domésticos
- La etiqueta energética de los hornos de gas domésticos
Conceptos relacionados con los hornos de uso doméstico.
El Reglamento Delegado (UE) 65/2014 de la Comisión, de 1 de octubre, regula el etiquetado energético de los hornos y campanas extractoras.
Un horno es un aparato o parte de un aparato que tiene una o más cavidades (compartimento cerrado en el que puede controlarse la temperatura para la preparación de alimentos) que funcionan con electricidad o gas y en el que se cocinan alimentos en modo convencional o de circulación forzada:
- Modo convencional. Modo de funcionamiento de un horno que utiliza sólo la convección natural para la circulación de aire dentro de la cavidad del horno.
- Modo de circulación forzada. Modo en el que un ventilador integrado hace circular el aire caliente dentro de la cavidad del horno.
Los hornos de pequeño tamaño presentan todas las cavidades con anchura y profundidad inferiores a 250 milímetros o una altura inferior a 120 milímetros.
Los hornos portátiles son hornos cuya masa total es inferior a 18 kilogramos, siempre y cuando no esté concebido para instalaciones integradas.
Obligaciones de las entidades proveedoras de los hornos de uso doméstico.
Las entidades proveedoras adoptarán, entre otras, las siguientes medidas:
- Que cada horno de uso doméstico sea suministrado con las oportunas etiquetas energéticas impresas informativas (de acuerdo con el punto 1 del Anexo III)
- Que los hornos de uso doméstico comercializados deban disponer de una ficha de producto (conforme a la letra A del Anexo IV).
- Que toda publicidad para un modelo específico de horno de uso doméstico que describa sus parámetros técnicos específicos incluya la clase de eficiencia energética de dicho modelo.
- Que se facilite a las entidades distribuidoras, para cada modelo de horno de uso doméstico, un etiquetado electrónico (en virtud de lo recogido en el punto 1 del Anexo III).
- Que se facilite a las entidades distribuidoras para cada modelo de horno de uso doméstico, una ficha electrónica del producto (teniendo en cuenta el punto A del Anexo IV).
- Que la documentación técnica se ponga a disposición de las oportunas autoridades (conforme a la letra A del Anexo V).
Obligaciones de las entidades distribuidoras de los hornos de uso doméstico.
Las entidades distribuidoras adoptarán, entre otras, las siguientes medidas:
- Que cada horno presentado en el punto de venta lleve una etiqueta para cavidad del horno, suministrada por la entidad proveedora y expuesta en la parte frontal o superior del aparato, o contigua al mismo, de modo que sea perceptible y evidente que pertenece a ese modelo sin tener que leer el nombre de la marca o el número de modelo en la etiqueta.
- Que los hornos ofertados para su venta o alquiler en lugares donde la persona usuaria final no tenga la posibilidad de ver el aparato expuesto, se comercialicen con la información que deben facilitar las entidades proveedoras (conforme lo establecido en la parte A del Anexo VI), excepto cuando la oferta se realice por Internet, en cuyo caso se tendrá en cuenta lo establecido en el Anexo VII.
- Que toda publicidad de cualquier medio o forma de venta o comercialización a distancia de un modelo específico de horno contenga una referencia a la clase de eficiencia energética, si la publicidad revela información relacionada con la energía o sobre su precio.
- Que todo material técnico de promoción relativo a un modelo específico de horno que describa sus parámetros técnicos incluya la clase de eficiencia energética del modelo.
Las clases de eficiencia energética.
Las clases de eficiencia energética de los hornos de uso doméstico (A3+, A2+, A+, A, B, C y D) se determinan separadamente para cada cavidad, y tienen los siguientes valores en función del Índice de Eficiencia Energética (EEIcavidad):
Como se puede comprobar, cuanto menores son los valores de EEIcavidad, mayores son las eficiencias energéticas del horno.
La ficha del producto.
La información de la ficha del producto se facilitará en la manera siguiente y en el orden que se establece a continuación:
- Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
- Identificador del modelo de la entidad proveedora, código en general alfanumérico que distingue a un modelo específico de horno doméstico de otros de la misma marca o entidad proveedora y con diferentes valores declarados en cada uno de los parámetros incluidos en la etiqueta del horno.
- El Índice de Eficiencia Energética (EEIcavidad) de cada cavidad del modelo redondeado al primer decimal.
- La clase de eficiencia energética para cada cavidad del modelo.
- El consumo energético por ciclo de cada cavidad, si se dispone del mismo, en modo tradicional y en modo de circulación forzada. El consumo así medido se expresará en kilovatios a la hora para los hornos eléctricos o en megajulios en el caso de los de gas, redondeado al segundo decimal.
- El número de cavidades, la fuentes o fuentes de energía por cavidad y el volumen de cada cavidad.
Se podrá utilizar una única ficha para varios modelos de horno doméstico suministrados por la misma entidad proveedora.
La información recogida en la ficha podrá consistir en una reproducción de la etiqueta de cada cavidad, ya sea en color o en blanco y negro.
Información a facilitarse cuando la persona usuaria final no pueda el producto expuesto en el punto de venta (salvo en Internet).
Los hornos domésticos puestos a la venta de modo que la persona usuaria final no pueda ver el producto expuesto, se comercializarán facilitando la información en el siguiente orden:
- El nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
- El identificador del modelo de la entidad proveedora (identificador del modelo de horno doméstico específico al que correspondan las cifras indicadas).
- La clase de eficiencia energética de cada cavidad del modelo.
- Si se dispone de la información, el consumo de energía por ciclo en cada cavidad, en modo tradicional y en circulación forzada. El consumo de energía así medido se expresará en kilovatios hora para hornos eléctricos y en megajulios para hornos de gas, redondeado al segundo decimal.
- El número de cavidades, la fuente o fuentes de energía por cavidad y el volumen de cada cavidad.
El tamaño y tipo de caracteres utilizados para imprimir o exponer toda la información contemplado anteriormente deberán ser legibles.
Información a facilitarse en los casos de que los hornos de uso doméstico se vendan, alquilen o alquilen con derecho a compra a través de Internet.
Entre las obligaciones de las entidades proveedoras de los hornos de uso doméstico se encuentran las de facilitar a las entidades distribuidoras:
- Una etiqueta electrónica para cada cavidad de cada modelo de horno de uso doméstico que sea suministrado, con el oportuno formato y contenido establecidos.
- Una ficha de producto electrónica para cada modelo de horno doméstico.
El etiquetado oportuno proporcionado por las entidades proveedoras de acuerdo con lo anterior, será mostrado en el mecanismo de visualización de forma contigua al precio del producto. En el caso de los hornos, el etiquetado se corresponderá a cada cavidad de los mismos. Por su tamaño, la etiqueta deberá ser:
- Claramente visible, legible y proporcionada al tamaño indicado en el Anexo III del Reglamento Delegado (UE) 65/2014 de la Comisión, de 1 de octubre.
- Podrá presentarse en formato de visualización anidada, en cuyo caso la etiqueta aparecerá con el primer clic o barrido de ratón sobre la imagen o la expansión de la misma en pantalla táctil.
Con respecto a la etiqueta electrónica, la imagen utilizada para acceder a la etiqueta en caso de que estemos ante una visualización anidada deberá:
- Consistir en una flecha del color correspondiente a la clase de eficiencia energética del producto que figure en la etiqueta,
- Indicará en la flecha la clase de eficiencia del producto en color blanco con un tamaño equivalente el del precio.
- Ajustarse a uno de los siguientes formatos:
En cuanto a la ficha del producto facilitada por las entidades proveedoras:
- Se mostrará en el mecanismo de visualización de forma contigua al precio del producto.
- El tamaño de letra de la ficha hará que ésta sea claramente visible y legible.
- Podrá mostrarse por medio de visualización anidada, en cuyo caso el enlace usado para el acceso deberá indicar de manera clara y legible “Ficha del producto”.
- Si se utiliza visualización anidada, la ficha del producto deberá aparecer con el primer clic o barrido del ratón o con la expansión del enlace en una pantalla táctil.
La etiqueta energética de los hornos domésticos.
- I. Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
- II. Identificador del modelo de la entidad proveedora (código, por lo general, alfanumérico, que distingue un modelo de horno doméstico de otros modelos con la misma marca comercial o el mismo nombre de entidad proveedora).
- III. Fuente de energía del horno doméstico.
- IV. Clase de eficiencia energética. La punta de la flecha que lleva la letra indicadora se situará a la misma altura que la punta de la flecha de la clase de eficiencia energética correspondiente.
- V. El volumen utilizable de la cavidad en litros, redondeado al número entero más próximo.
- VI. Consumo de energía expresado en kilovatios a la hora por ciclo (consumo de electricidad) para la función o funciones de calentamiento (tradicional y, si está disponible, de circulación forzada) de la cavidad, redondeada al segundo decimal (ECcavidad eléctrica).
La etiqueta energética de los hornos de gas domésticos.
- I. Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
- II. Identificador del modelo de la entidad proveedora (código, por lo general, alfanumérico, que distingue un modelo de horno doméstico de otros modelos con la misma marca comercial o el mismo nombre de entidad proveedora).
- III. Fuente de energía del horno doméstico.
- IV. Clase de eficiencia energética. La punta de la flecha que lleva la letra indicadora se situará a la misma altura que la punta de la flecha de la clase de eficiencia energética correspondiente.
- V. El volumen utilizable de la cavidad en litros, redondeado al número entero más próximo.
- VI. Consumo de energía expresado en megajulios por ciclo (consumo de gas) para la función o funciones de calentamiento (tradicional y, si está disponible, de circulación forzada) de la cavidad, redondeada al segundo decimal (ECcavidad gas).
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