ÍNDICE DE CONTENIDOS
- Acceso y permanencia en los campamentos de turismo
- Limitaciones en los campamentos de turismo
- Recepción de los campamentos de turismo
- Información a las personas usuarias de los campamentos de turismo
- Seguro de responsabilidad civil
- Requisitos comunes y específicos de los campamentos de turismo
Acceso y permanencia en los campamentos de turismo.
El acceso a los campamentos de turismo es libre, sin que pueda restringirse en ningún caso por razones de discapacidad, raza, lugar de procedencia, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.
Toda persona usuaria, en el momento de su recepción, deberá cumplimentar el correspondiente documento de admisión, en el que constará en todo caso el periodo de ocupación, quedando en poder de la persona titular del campamento de turismo un ejemplar del mismo debidamente firmado, así como el correspondiente parte de entrada de personas viajeras en establecimientos de hostelería y otros análogos.
Es obligación de las personas titulares de los campamentos de turismo la cumplimentación del libro-registro, así como la presentación de los partes de entrada de quienes viajan.
Los campamentos de turismo dispondrán de un reglamento de régimen interior. Este reglamento de régimen interior estará siempre a disposición de las personas usuarias, será expuesto en lugar visible en la recepción del campamento de turismo y como mínimo, contendrá los siguientes aspectos:
- Las condiciones de admisión y, en su caso, de expulsión de las personas usuarias, las normas de convivencia y funcionamiento, así como todo aquello que permita y favorezca el normal desenvolvimiento de la práctica de la acampada y de la utilización de los servicios del campamento de turismo.
- Las limitaciones durante las horas nocturnas cuyo período no podrá ser inferior a 7 horas ininterrumpidas, determinándose el cese de la circulación de toda clase de vehículos a motor y que no se sobrepase un nivel de emisión de ruido de 50 dBA en toda la zona de acampada que provenga de la actividad del campamento de turismo.
- La prohibición expresa respecto a la instalación en las parcelas de elementos fijos, cierres, pavimentos, fregaderos, grandes electrodomésticos y en general cualesquiera otros de naturaleza análoga.
Las actuaciones relativas a la información, sensibilización y educación ambiental. - Las indicaciones o normas respecto a la admisión de mascotas o animales de compañía.
- Información relativa a la prohibición de fumar en todas las instalaciones fijas del campamento de turismo, así como indicación de aquellos espacios en los que sí se permita el consumo de tabaco, conforme a su normativa de aplicación.
Limitaciones en los campamentos de turismo.
Quedan prohibidas en los campamentos de turismo las siguientes actividades:
- La venta de las parcelas del campamento de turismo. El incumplimiento de lo dispuesto en este apartado conllevará el inicio del correspondiente procedimiento de cancelación de la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía.
- El uso con fines residenciales de las instalaciones fijas de alojamiento, parcelas, elementos de acampada, así como cualquiera otra de las instalaciones del campamento de turismo.
- Ocupar, en conjunto, por un periodo superior a 11 meses al año.
- La instalación, en espacios distintos a los regulados en la normativa, de elementos fijos, cierres, pavimentos, fregaderos, grandes electrodomésticos, tales como frigoríficos, congeladores, lavadora o lavavajillas, y, en general, cualesquiera otros de naturaleza análoga.
Recepción de los campamentos de turismo.
La recepción del campamento de turismo será el centro de relación con las personas usuarias a efectos administrativos e informativos.
En la recepción del campamento de turismo se encontrarán:
- El registro de entradas y salidas de las personas usuarias.
Las hojas de quejas y reclamaciones y su cartel anunciador.
A disposición de la inspección turística los listados de ocupación de los últimos 12 meses donde conste el número total de personas alojadas en cada parcela.
En un lugar de la recepción que resulte bien visible y exhibida de manera que facilite su lectura figurará la siguiente información y documentación:
- Nombre, grupo, categoría, modalidad y, en su caso, especialidad del campamento de turismo.
- Temporada de funcionamiento.
- Cuadro de horarios de utilización de los diferentes servicios y de descanso y silencio.
- Lista de precios de los servicios y de las diferentes modalidades de alojamiento.
- Plano o planos de situación con indicación de los servicios generales, viales y parcelas con sus números. Asimismo, el plano señalará la ubicación de los extintores y salidas de emergencia, acompañándose de un aviso con el siguiente texto: «Situación de los extintores y salida de emergencia en caso de incendio».
- Existirá, de modo permanente, un cartel en el que se anuncie que existen hojas de quejas y reclamaciones a disposición de quienes las soliciten, redactado al menos en castellano e inglés, así como información sobre los mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos a los que se acoge el campamento.
- Reglamento de régimen interior, redactado al menos en castellano e inglés.
Información a las personas usuarias de los campamentos de turismo.
En el momento de su ingreso en el campamento de turismo se facilitará a las personas usuarias información, en soporte físico o electrónico, sobre normas de seguridad y recomendaciones para una mejor estancia, redactado al menos en castellano y en inglés, con el siguiente contenido mínimo:
- Nombre, grupo, categoría, modalidad y, en su caso, especialidad del campamento de turismo.
- Servicios e instalaciones disponibles y sus precios.
- Normas generales de convivencia y prohibiciones, con especial referencia a las horas de descanso y silencio.
- Plano general reducido en el que se reflejarán las salidas de emergencia, la situación de los recursos disponibles en materia de seguridad y las zonas de recogida selectiva de residuos.
- Normas para la prevención de situaciones de emergencia y para actuar adecuadamente cuando se presenten tales situaciones de emergencia.
- Teléfonos de Protección Civil, Policía Local, centro sanitario más cercano y análogos.
- Especificación del período de estancia (horario y permanencia).
- Información sobre las diferentes instalaciones y servicios, facilitando el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute.
- Información de las entidades que presten servicios distintos al alojamiento, en caso de que sean terceros ajenos al centro.
- Otras instrucciones que se consideren oportunas para un uso racional y apacible del campamento de turismo.
Asimismo, se recogerá toda la información referente a los criterios medioambientales a cumplir por las personas usuarias del campamento de turismo entre los que figurarán:
- Las previsiones procedentes sobre la recogida selectiva de residuos en el interior del recinto.
- La importancia de la utilización correcta de los recursos energéticos del campamento de turismo.
Seguro de responsabilidad civil.
La persona titular de un establecimiento de campamento de turismo deberá contratar un seguro de responsabilidad civil.
La póliza de seguro contratada deberá cubrir, como mínimo:
- Daños corporales.
- Daños materiales.
- Perjuicios económicos causados a terceros por el ejercicio de la actividad.
- El importe de 600.000 euros por siniestro, pudiendo ser modificado este importe mediante orden de la persona titular de la consejería competente en materia de turismo.
Los establecimientos estarán obligados a mantener un seguro vigente y al corriente de pago mientras ejerza la actividad.
Se deberán tener a disposición de la inspección de turismo:
Requisitos comunes y específicos de los campamentos de turismo.
Los requisitos comunes de los campamentos de turismo en cuanto a accesos, viales, cerramientos, instalaciones fijas de uso colectivo, conservación y mantenimiento de instalaciones, plan de autoprotección, botiquín de primeros auxilios, electricidad, agua potable y servicios higiénicos, pueden ser consultados en los artículos 12 al 21 del Decreto 26/2018, de 23 de enero.
En cuanto a los campamentos de turismo del grupo campings:
- Sus requisitos estructurales pueden ser consultados en los artículos 28 a 33 del Decreto 26/2018, de 23 de enero.
- Sus requisitos según su categoría (5, 4, 3, 2 o 1 estrella) pueden ser consultados en el Anexo I del Decreto 26/2018, de 23 de enero.
Con respecto a los campamentos de turismo del grupo área de pernocta de autocaravanas:
- Sus requisitos estructurales pueden ser consultados en los artículos 34 a 37 del Decreto 26/2018, de 23 de enero.
- Sus requisitos específicos pueden ser consultados en el Anexo II del Decreto 26/2018, de 23 de enero.
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