A) ÁMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN
La presente Campaña de Inspección, que tiene ámbito autonómico, se realiza por todos los Servicios de Consumo provinciales para vigilar la adecuación a la normativa en vigor de los disfraces, caretas, máscaras y similares destinados a ser utilizados por niños/as menores de 14 años, que tienen la consideración de juguetes.
Esta campaña se realizará desde el mes de enero hasta finales del mes de noviembre de 2026.
Las actuaciones de control se realizarán, siempre que sea posible, un 50% en los días previos y durante el Carnaval, y el 50% restante durante la celebración de Halloween, dado que es durante estas festividades cuando mayor número de productos se comercializan.
B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR
Los principales objetivos fijados para esta Campaña son los siguientes:
- Comprobar que estos productos cumplen con los requisitos básicos y generales de información y seguridad.
- Adoptar las medidas necesarias para la corrección del mercado, bien sean medidas preventivas, sancionadoras, o ambas.
C) NÚMERO DE CONTROLES
De acuerdo con los objetivos previstos, por los Servicios de Consumo provinciales se revisará el etiquetado de, al menos, 176 disfraces, caretas, máscaras y artículos similares, así como la toma de un número muestras reglamentarias aún por determinar para su ensayo en laboratorio.
D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN
Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.
Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.
E) NORMATIVA DE APLICACIÓN
- Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 1468/1988, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los productos industriales destinados a su venta directa a consumidores y usuarios.
- Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos.
- Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes (juguetes introducidos en el mercado a partir del 20/07/2011).
- Norma UNE-EN 71-1:2015+A1:2019 (Versión corregida en fecha 2022-06-15). Seguridad de los juguetes. Parte 1: Propiedades mecánicas y físicas.
- Norma UNE-EN 71.2 Seguridad de los juguetes. Inflamabilidad.
- Norma UNE-EN 14682:2015 (Versión corregida en fecha 2017-04-05). Seguridad de la ropa infantil. Cordones y cuerdas ajustables en ropa infantil. Especificaciones.
F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES
En la campaña de inspección desarrollada en 2025 se levantaron 181, de las que 53 detectaron incumplimientos, lo que supone un 29,28%. Además, de las 27 muestras tomadas y ensayadas en laboratorio, 17 resultaron con incumplimientos, ya sea por incumplimientos de etiquetado o seguridad, lo que supone un porcentaje de incumplimientos del 62,96%. Los principales incumplimientos de etiquetado detectados afectan a que la información del etiquetado no figura en la lengua oficial del Estado; el producto no presenta marcado CE; el marcado CE no es correcto en cuanto a formato y dimensiones; el marcado CE no va colocado de forma visible, legible e indeleble en el juguete, o bien en una etiqueta pegada o en el envase o sobre el envase (en el caso de juguetes de tamaño reducido y de juguetes compuestos de partes pequeñas, en una etiqueta o en un folleto adjunto); no figura una breve indicación del peligro específico por el que se aplica la precaución (podrá figurar en las instrucciones de uso); el diseño del símbolo gráfico de limitación de la edad no se ajusta a las características de la norma UNE-EN 71-6.
G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA