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La finalidad principal de esta Campaña de Inspección es conocer el grado de cumplimiento de la normativa vigente por parte de las entidades suministradoras de agua. 
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En general, las reclamaciones que presenten las personas usuarias en materia de suministro de agua se tramitarán teniendo en cuenta la normativa andaluza que regula las hojas de quejas y reclamaciones oficiales de la Junta de Andalucía.
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A continuación, se enumeran las obligaciones y los derechos con que cuentan, tanto las entidades suministradoras, como las personas abonadas con relación al suministro de agua potable.
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El Decreto 120/1991, de 11 de junio, regula todo lo referente al suministro domiciliario de agua en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En dicho reglamento se establecen las relaciones entre las entidades que prestan servicio de suministro domiciliario de agua potable y las personas abonadas al mismo.
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Corresponde a la entidad suministradora conceder la acometida para el suministro de agua potable que estará obligada a otorgarla si se dan las condiciones y circunstancias para ello.
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La medición de los consumos a través de los correspondientes equipos de medida o contadores servirá de base para la facturación del suministro, siendo el único medio que dará fe de la contabilización del consumo.
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En función del uso que se haga del agua, el tipo de suministro será doméstico u otros usos, entre los cuales se encuentran los usos comerciales, los industriales, los de centros oficiales u los referentes a otras entidades usuarias
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La relación entre la entidad suministradora y la persona abonada vendrá dada por el contrato de suministro o póliza de abono. Los contratos de suministro se formalizarán entre la entidad suministradora y la persona titular del derecho de uso de la finca, local o industria a abastecer, o por quien la represente.
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Es objeto de facturación por las entidades suministradoras de agua los conceptos en función de la modalidad de suministro y de las tarifas vigentes en cada momento.
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Las entidades suministradoras de agua podrán suspender el suministro de las personas que estén abonadas a las mismas o que sean sus usuarias, en una serie de casos o supuestos.