Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios

Con esta ley se pretende habilitar los mecanismos para que los deudores puedan subrogar sus hipotecas a otro acreedor, siempre que se trate de contratos de préstamo hipotecario.

Además, se establecen los requisitos de la subrogación, posibilitando el ejercicio de esta potestad por el deudor, en el supuesto de que el primer acreedor no preste la colaboración debida.

También limita la cuantía de la cantidad a percibir por la entidad acreedora, en concepto de comisión por la amortización anticipada de su crédito, en los préstamos a interés variable, y se reducen los costes fiscales y del sistema de protección preventiva de la seguridad jurídica privada, entre otras cuestiones.

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