Autonomía local es el derecho y la capacidad para la ordenación y gestión de una parte importante de los asuntos públicos bajo la propia responsabilidad y en beneficio de sus habitantes.
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En este sentido, la presente ley distingue entre autonomía municipal y autonomía provincial, dejando claro que ambas entidades locales, municipios y provincias, integran una sola comunidad política local.
Su objetivo es garantizar la titularidad de competencias propias municipales con plena conciencia de la dificultad que supone delimitar materias inevitablemente compartidas y tratando de volcar el esfuerzo en clarificar las funciones que, en cada caso, correspondan a la Comunidad Autónoma o a los entes locales.
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