Este Reglamento tiene por objeto regular el Registro Nacional de Asociaciones, así como el procedimiento de inscripción en éste, y sus relaciones con los restantes registros de asociaciones.
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El reglamento se estructura en tres títulos, de los cuales el primero se refiere a inscripciones registrales; y en el segundo se regula la estructura y funcionamiento del Registro Nacional de Asociaciones y la forma y medios de ofrecer publicidad registral.
Por su parte, en el título III, además de incluir una referencia a los registros autonómicos de asociaciones, se concretan los mecanismos de cooperación y colaboración entre registros y con otros organismos.
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