Cómo ejercer un consumo consciente y responsable de los alimentos a través de lo que nos dice su etiquetado

La información alimentaria debe evitar la confusión y ofrecer una serie de datos obligatorios en cuanto a ingredientes, alergias, fecha duración mínima o de caducidad o país de origen

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía anima a las personas consumidoras a ejercer un consumo consciente y responsable de los alimentos a través de la información que nos proporciona el etiquetado que los acompaña (en el envase, documento, rótulo, etiqueta, etc.).

La información alimentaria debe impedir la confusión. Por un lado, no debe confundir sobre las características del alimento y, en particular, sobre su naturaleza, identidad, cualidades, composición, cantidad, duración, origen o procedencia y modo de fabricación y obtención. Esa información no debe atribuir al alimento efectos o propiedades que no posee.  No puede insinuar que el alimento posee características especiales, cuando, en realidad, todos los alimentos similares poseen esas mismas características; en este sentido, no pueden poner de relieve la presencia o ausencia de determinados ingredientes o nutrientes. Tampoco puede sugerir, mediante la apariencia, descripción o representaciones pictóricas, la presencia de un determinado ingrediente, cuando en realidad se trata de un componente presente de forma natural o un ingrediente utilizado normalmente en ese alimento.

La información alimentaria no debe atribuir a ningún alimento las propiedades de prevenir, tratar o curar ninguna enfermedad, ni hará referencia a tales propiedades.

Por otro lado, existe una información alimentaria obligatoria, que será fácilmente accesible, claramente legible (en castellano) e indeleble, tanto en alimentos envasados como no envasados. Los elementos que deben aparecer en la información alimentaria son: denominación del alimento; lista de ingredientes; ingrediente o coadyuvante tecnológico que cause alergias o intolerancias (gluten, crustáceos, moluscos, huevo, pescado, cacahuetes, etcétera); cantidad de determinados ingredientes o de determinadas categorías de ingredientes o indicación cuantitativa de los ingredientes; cantidad neta del alimento; fecha de duración mínima o la fecha de caducidad; condiciones especiales de conservación y/o las condiciones de utilización; nombre o la razón social y la dirección del operador de la empresa alimentaria; país de origen o lugar de procedencia; modo de empleo; grado alcohólico para las bebidas de más de 1,2% en volumen de alcohol; y la información nutricional.

Las personas consumidoras también disponen de otra información en los envases de los alimentos, la clasificación Nutri-Score, voluntaria para las empresas. Se trata de un sistema de etiquetado de los alimentos que reúne gráficamente parte de la información nutricional que la normativa europea exige para los alimentos que se presenten envasados a la persona consumidora. Por medio de este sistema, se clasifican los productos con arreglo a un ‘semáforo’ de cinco colores desde la letra A (color verde) hasta la E (color rojo), respectivamente, de una mayor a una menor calidad nutricional global de los alimentos.

Desde la Dirección General de Consumo, se recuerda que este sistema no clasifica un alimento como saludable o no saludable, ni sirve para realizar comparativas con aquellos alimentos que carezcan de este tipo de etiqueta, ni para comparar productos de distinto tipo. Por lo tanto, Nutri-Score no tiene nada que ver con la calidad del alimento, más bien está pensado para tener una idea de la composición nutricional del mismo, facilitando una comparativa entre alimentos similares de diferentes marcas, así como entre productos del mismo tipo. No es, por lo tanto, una referencia absoluta para las personas consumidoras, que deben tener un criterio propio, complementario a la información alimentaria, para un consumo responsable, consciente y reflexivo de los alimentos.

Desde Consumo, se realizan cada año diferentes campañas de inspección que afectan a los alimentos, incidiendo especialmente en la información que se brinda a las personas consumidoras. Este año, los Servicios Provinciales de Consumo participan en el Plan de control general de la información y la calidad de los alimentos, en la campaña de inspección para el cumplimiento de la normativa de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos, en la campaña de inspección en el marco del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2021-2025, y en la campaña nacional de inspección de miel. Todas estas campañas contemplan, al menos, 2.000 actuaciones inspectoras.

Consumo Responde

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder a través del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es, ambos en horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos); así como a través de la página web https://www.consumoresponde.es, y de los perfiles de X (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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