Consumo revisa el etiquetado y la trazabilidad de un centenar de productos ibéricos a la venta para evitar fraudes y confusiones con otros productos porcinos

La denominación del producto debe hacer referencia al tipo de alimentación y manejo del animal (de bellota, de cebo de campo o de cebo), y a su raza, 100% ibérica o ibérica.

La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud está desarrollando, a través de los servicios provinciales de Consumo de Almería y Córdoba, una campaña de inspección dirigida a controlar el etiquetado de un centenar de productos ibéricos a la venta en Andalucía, así como a examinar su sistema de trazabilidad. El objetivo de la campaña es garantizar una correcta y leal competencia de los mercados y asegurar la defensa de las personas consumidoras, evitando fraudes y confusiones con otros productos porcinos, no derivados del cerdo ibérico, que no respondan a sus expectativas.

Las inspecciones se realizan sobre diferentes productos ibéricos, como jamón, paleta, caña de lomo, lomo embuchado o lomo en el caso de los productos elaborados. Las actuaciones de control se llevan a cabo en comercios minoristas, visitando todo tipo de establecimientos abiertos al público en general que se dediquen a la venta de productos alimenticios como supermercados, grandes superficies o tiendas de alimentación tradicional.

Durante las actuaciones, el personal inspector comprueba que el etiquetado de los productos cumple con los requisitos que establece la normativa, tanto a nivel general (comprobando que figuran los datos identificativos del responsable, la lista de ingredientes, el lote, el marcado de fechas, etc.), como a nivel específico para este tipo de productos. En este sentido, se verifica, entre otras cuestiones, que los productos incluyen en su etiquetado la mención “certificado por”, seguida del nombre del organismo independiente de control. Además, se presta especial atención al cumplimiento de los requisitos normativos de la denominación de venta, formada por tres designaciones obligatorias que deben aparecer siempre juntas.

La primera designación hace referencia al tipo de producto del que se trata, mientras que la segunda se refiere al tipo de alimentación y manejo, que puede ser de bellota (cerdos alimentados en su fase de engorde exclusivamente de bellotas, hierbas y otros recursos naturales de las dehesas), de cebo de campo (cerdos alimentados con piensos, cuyo manejo se realiza en explotaciones extensivas o intensivas al aire libre) o de cebo (cerdos alimentados a base de pienso, cuyo manejo se realiza en sistemas de explotación intensiva). La tercera designación hace referencia al tipo racial, pudiendo ser 100% ibérico, o ibérico en el caso los productos que se obtienen de cerdos que proceden al menos en un 50% de raza ibérica.

Es conveniente tener en cuenta que desde el año 2014 la norma exige que los jamones y paletas sean marcados en el matadero con un precinto inviolable, que debe acompañar a la pieza en todo momento, incluidos los puntos de venta y establecimientos de restauración, y que es de distinto color para cada denominación de venta. Así, el precinto de color negro se utiliza para los productos 100% ibéricos de bellota, con mención “pata negra”; el color rojo se utiliza para los productos ibéricos de bellota, con mención “dehesa/montanera”; el color verde se asocia a los productos ibéricos de cebo de campo; y el blanco se reserva para los productos ibéricos de cebo.

Además, para evitar confusión a las personas consumidoras, la normativa incluye un listado de términos y elementos que no pueden ser utilizados por aquellos productos que no cumplan la norma de calidad, puesto que han sido empleados tradicionalmente y se pueden identificar con los productos del cerdo ibérico. En este sentido, el personal inspector comprobará que no se utilizan términos como “recebo” o “ibérico puro”, o elementos gráficos como bellotas o encinas, que aluden al cerdo ibérico cuando los productos no procedan de animales que hayan recibido ese tipo de alimentación.

Por otra parte, durante las inspecciones se controla especialmente el sistema de trazabilidad, para garantizar que quede acreditada la procedencia del producto a lo largo de todo el proceso de producción, elaboración y distribución, desde la explotación ganadera hasta su venta a las personas consumidoras.

En el caso de que se detecten irregularidades, se remitirán las actuaciones al departamento correspondiente para el inicio del oportuno procedimiento sancionador. En este sentido, la normativa establece sanciones que, para estos casos, pueden oscilar entre los 200 y los 5.000 euros en función del tipo de infracción.

Esta campaña se desarrolla en el marco del Plan de Inspección de Consumo 2017, que comprende un total de 27 campañas dirigidas a garantizar y reforzar la protección de los derechos de las personas consumidoras y asegurar que los productos y servicios que están a la venta cumplen los requisitos de seguridad y calidad que exige la normativa vigente. El desarrollo del Plan supondrá más de 8.000 controles y la toma de aproximadamente 300 muestras en los diferentes establecimientos que se inspeccionen.

En el ámbito de los productos alimentarios, además de esta campaña de inspección, está actualmente en desarrollo una campaña general, en la que está previsto realizar más de 1.400 actuaciones para controlar el etiquetado, presentación y publicidad, así como la existencia de alteraciones, adulteraciones o fraudes en productos alimentarios comercializados en Andalucía. Además, están en desarrollo o pendientes de su puesta en marcha a lo largo del año, otras seis campañas específicas para el control del etiquetado y/o la composición de diferentes tipos de alimentos, como paté y foie-gras, conservas de almejas y berberechos, alimentos envasados, productos lácteos sin lactosa o con bajo contenido en lactosa, zumos naturales y aceite de oliva.

Recomendaciones para la compra de productos alimentarios.

Desde la Dirección General de Consumo se recomienda a la ciudadanía informarse sobre los productos que se van a adquirir y leer detenidamente el etiquetado para asegurarse de que es correcto y de que identifica adecuadamente a su responsable. La información debe ser visible, legible, comprensible, e imborrable, además de figurar en español y en un lugar destacado.

También debe informar sobre las condiciones especiales de conservación y de utilización, si las hubiera, así como del número del lote, la fecha de elaboración, la de duración mínima o la fecha de caducidad, que deberán figurar en un sitio visible y claramente legible. Del mismo modo, debe indicarse el lugar de origen o procedencia del producto, especialmente si viene de fuera del espacio comunitario. En el caso de los productos cárnicos, deben llevar la marca sanitaria.

Por otra parte, conviene comprobar la lista de ingredientes, en la que aparecerán presentados en orden decreciente según su peso. Aquellos productos alimenticios en los que figure la mención de que poseen propiedades nutritivas, están obligados a llevar un etiquetado sobre dichas propiedades.

Se deben consumir únicamente productos de procedencia conocida, y es importante verificar que los envases se encuentran en buen estado, descartando aquellos que estén abiertos o abollados. También es recomendable comprobar el precio por unidad de medida para saber cuál es el producto más rentable o económico.

Asimismo, se aconseja pedir siempre el ticket o la factura, documento imprescindible para efectuar cualquier reclamación, devolución o cambio del producto, y en el que deberá figurar el N.I.F. y/o la razón social de la empresa vendedora.

Asimismo, se recomienda, siempre que sea posible, realizar las compras en establecimientos adheridos al Sistema Arbitral de Consumo, ya que de esta manera se garantiza que cualquier posible discrepancia pueda quedar resuelta de forma rápida y gratuita. Igualmente, se recuerda que los establecimientos deben disponer de hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas consumidoras, para lo cual se exhibirá un cartel que informe claramente de su existencia.

Por último, se recuerda a la ciudadanía que, ante cualquier duda o consulta sobre este tema, puede ponerse en contacto con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web www.consumoresponde.es, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.e s, o del perfil de Twitter @consumoresponde.

También se puede recibir asesoramiento en las delegaciones territoriales de Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMICs), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

 

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