Salud recomienda a las personas consumidoras que mantengan una relación contractual con Vitaldent que conserven toda la documentación relativa a sus tratamientos

Ante la información reciente surgida en torno a la detención de varias personas directivas de esta franquicia de clínicas, desde la Dirección General de Consumo se ofrecen una serie de recomendaciones

La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Consumo, recomienda a las personas consumidoras que conserven toda la documentación relativa a su tratamiento en Vitaldent para posibles reclamaciones futuras. Aunque las actuaciones policiales y de la fiscalía pudieran generar cierta inquietud entre las personas usuarias de los servicios de estas clínicas, Consumo recuerda que se trata de cuestiones fiscales y societarias que, en principio, no deberían afectar a la normal actividad de las mismas. 

 

No obstante existe una serie de recomendaciones generales y consejos preventivos a tener en cuenta en este y en cualquier otro servicio de salud buco-dental:

- Conserve toda la documentación asociada al tratamiento (folletos, publicidad, presupuestos, facturas, contratos, etc.) preparada.

- En su caso, y si se ha procedido a pagar un determinado tratamiento al contado, y no se recibiera el servicio, se podrá anular el contrato firmado (por incumplimiento del mismo), y solicitar el importe del mismo (o el importe de la parte no satisfecha).

- Si el tratamiento hubiera sido financiado y el servicio no se prestara finalmente, en virtud del artículo 29 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, el contrato de financiación con la entidad prestamista podrá dejarse sin efecto sin penalización alguna. Efectivamente, este artículo establece, entre otros aspectos, que la persona consumidora podrá desistir del contrato de financiación, del mismo modo que con el contrato de suministro, frente a la entidad prestamista, cuando los bienes o servicios objeto del contrato no hayan sido entregados, en todo o en parte, o no sean conforme a lo pactado en el contrato. 

- Si la entidad financiera no accediera a lo demandado por la persona consumidora, ésta podrá presentar la oportuna reclamación ante la mencionada financiera.

- Si se hubiera procedido a pagar con tarjeta de crédito, podría solicitar a la entidad de crédito la anulación del cargo y el oportuno reembolso en cuenta. 

- Debe saber que, ante cualquier disconformidad, siempre podrá presentar la oportuna hoja de quejas y reclamaciones. En un primer momento, siempre es recomendable solucionar el conflicto directamente con la entidad reclamada, presentándole la oportuna reclamación. Si la empresa no accede a sus pretensiones, o no le contesta la reclamación, podrá presentar la reclamación ante la Administración de consumo (la Oficina Municipal de Información al Consumidor, si la hubiere, de su localidad de residencia, el servicio de Consumo de su provincia de residencia o la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud).

Por otra parte, el Consejo Andaluz de Colegio Oficiales de Dentistas y cada uno de los Colegios Profesionales de Andalucía velan para que el ejercicio profesional de los Dentistas de Andalucía se adecue a los intereses de la salud pública.

 

Para más información en materia de consumo recuerde el servicio gratuito de Consumo Responde.

 

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