ÍNDICE DE CONTENIDOS
- Normativa de aplicación
- Los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración
- Obligaciones de las plataformas online de alquiler de corta duración
- Cómo obtener el número de registro por parte de la persona arrendadora.
- La Ventanilla Única Digital de Arrendamientos
- Más información
IMPORTANTE.
El número de registro único de arrendamientos que regulaba el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, ha sido anulado por la Sentencia núm. 620/2026 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Normativa de aplicación.
Por medio del Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril:
- Se establecen una serie de obligaciones y regulaciones en materia de información aplicables a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración cuando los Estados miembros hayan establecido procedimientos de registro para las unidades situadas en su territorio.
- Se dispone que cuando existan ese tipo de procedimientos de registro, se deberá crear una Ventanilla Única Digital.
El Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, vigente desde el 2 de enero de 2025 y efectivo a partir del 1 de julio de 2025, adapta al ordenamiento español el Reglamento anteriormente mencionado, y regula:
La Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, que depende del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
La Ventanilla Única Digital de Arrendamientos es una pasarela digital única nacional para la transmisión electrónica de datos entre las plataformas en línea de alquiler de corta duración y las autoridades competentes, así como para informar sobre los diferentes usos, regulación y destinos de las unidades dedicadas a alquiler de corta duración en todo el territorio nacional.
La aplicación de la normativa recae sobre:
- Los servicios prestados por las plataformas online a personas anfitrionas que prestan servicios de alquiler de alojamientos de corta duración en España (con independencia de dónde se establezcan tales plataformas).
- Los servicios de alquiler de alojamientos que prestan las personas anfitrionas a través de las plataformas.
La Orden VAU/653/2025, de 19 de junio determina los plazos y el modelo para la transmisión, por parte de las plataformas en línea de alquiler de corta duración, de los datos de actividad por unidad de alojamiento a la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, junto con el número de registro facilitado por las personas arrendadoras, la dirección específica de la unidad y las url de los anuncios publicados en sus plataformas.
Los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.
Este tipo de servicios tiene una serie de características:
- Se trata de arrendamientos por un periodo breve de una o varias unidades.
- Pueden tener finalidad turística o no.
- Ha de ser a cambio de remuneración.
- Pueden ser con carácter profesional o no.
- Pueden ser alquilados de forma regular o no.
- La normativa que se les aplica es:
- La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
- La aplicable en materia de embarcaciones.
- La aplicable sobre arrendamientos de tipo turístico de las Comunidades Autónomas.
- Cuando proceda, la relativa a la protección y defensa de las personas consumidoras.
La unidad a efectos del alquiler de corta duración, se entiende como un alojamiento amueblado, que puede o no afectar a la totalidad del mismo, y que es objeto de la prestación de un servicio de este tipo de alquiler, no comprendiendo:
- Hoteles y similares (complejos hoteleros, aparta-hoteles, moteles), albergues.
- Oferta de alojamientos en campings y aparcamientos para caravanas.
Los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración pueden recaer sobre:
- La totalidad de una finca.
- Parte de una finca, siempre que sea posible.
- Buques, embarcaciones o artefactos navales, siempre que el alojamiento no esté vinculado a un servicio que posibilite o determine la navegación.
Con independencia de dónde recaigan los servicios, el elemento sobre el que recaen los mismos es la unidad.
Los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración tienen las siguientes características:
- Deben tener destino primordial diferente al de arrendamiento de viviendas con carácter permanente de la persona arrendataria.
- El arrendamiento debe derivarse de causas de carácter temporal, tales como:
- Vacacionales o turísticas.
- Laborales.
- De tratamiento médico.
- Cualquier otra causa que no implique una necesidad de vivienda de carácter permanente de la persona arrendataria.
- Deben contar con equipamiento, mobiliario y enseres adecuados para atender el uso de la unidad con carácter temporal.
Agentes que intervienen en el alquiler de alojamientos de corta duración.
Intervienen en el alquiler de alojamientos de corta duración:
- Persona anfitriona o arrendadora. Persona física o jurídica que presta, o tiene la intención de prestar, un servicio de alquiler de alojamiento de corta duración a cambio de una remuneración, a través de una plataforma online de alquiler de corta duración, ya sea con carácter profesional o no profesional, de forma regular o no.
- Persona huésped o arrendataria. Persona física alojada en una unidad de alojamiento.
- Plataforma online de alquiler de corta duración. Se trata de una plataforma online que permite a las personas huéspedes celebrar contratos a distancia con personas anfitrionas para la prestación de servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.
- Plataforma pequeña y microplataforma online de alquiler de corta duración. Se trata de una plataforma online de alquiler de corta duración considerada como pequeña empresa (menos de 50 personas asalariadas y volumen de negocios anual o balance general inferior a 10 millones de euros) o microempresa (menos de 10 personas asalariadas y volumen de negocios anual o balance general inferior a 2 millones de euros).
Obligaciones de las plataformas online de alquiler de corta duración.
Las plataformas online de alquiler de corta duración cuentan con las siguientes obligaciones:
- Disponer en sus aplicaciones funcionalidades que permitan a las personas arrendadoras identificar los alojamientos ofrecidos mediante el número de registro asignado.
- Garantizar que las personas arrendadoras faciliten el número de registro que se les haya asignado a sus alojamientos y que se muestre de manera clara como parte de sus anuncios antes de permitir la oferta de los alojamientos en sus plataformas.
- Realizar comprobaciones aleatorias y periódicas de las declaraciones de las personas arrendadoras de los datos de registro a través de la consulta con la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos. Se debe habilitar la posibilidad de que se pueda realizar la consulta permanente y automáticamente para cada anuncio que pretenda publicarse en la plataforma online.
- Informar sin demora indebida a la Ventanilla Única y a las personas arrendadoras de los resultados de las comprobaciones aleatorias anteriormente mencionadas.
- Recoger y transmitir mensualmente a la Ventanilla Única por medios de comunicación máquina a máquina:
- Los datos de actividad por unidad de alojamiento.
- Número de registro facilitado por las personas arrendadoras.
- Dirección específica de la unidad de alojamiento.
- Url de los anuncios publicados en sus plataformas.
- Dar cumplimiento en plazo de 48 horas desde la notificación a las resoluciones administrativas por las que se ordene la eliminación o inhabilitación del acceso a anuncios vinculados a un número de registro suspendido o retirado.
Cómo obtener el número de registro por parte de la persona arrendadora.
En el caso de viviendas de uso temporal.
Fuente. Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
Estas viviendas se rigen por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. Según el artículo 3 de la mencionada norma, en especial tienen esta consideración:
- Los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra.
- Los arrendamientos celebrados para ejercerse en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente.
Se trata, por lo tanto, de viviendas que no tienen carácter residencial permanente y se encuentran destinadas a ser ocupadas, por ejemplo, por estudiantes, trabajos temporales o estancias durante tratamientos médicos; no requiriéndose en estos casos información adicional por parte de las Comunidades Autónomas ni de los Ayuntamientos para la obtención de los números de registro obligatorios.
En el caso de las viviendas de uso turístico.
Fuente. Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
Estas viviendas se encuentran reguladas por normativa específica de las Comunidades Autónoma o entidad local correspondiente, que son las competentes para la regulación y supervisión de este mercado, no regulándose, por lo tanto, por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Debe cumplirse con los requisitos que se establezcan en la Comunidad Autónoma donde se encuentra la vivienda. En el caso de Andalucía, se puede obtener la oportuna información en el Registro de Turismo de Andalucía (dependiente de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior). Habría que informarse en dicho organismo, o en la oportuna entidad local, si se ha de realizar algún trámite adicional.
La Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
La Ventanilla Única Digital de Arrendamientos se trata de una pasarela digital única a nivel estatal, dependiente del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, a través de la Dirección General de Planificación y Evaluación, que permite:
- La transmisión electrónica de datos entre las plataformas online de alquiler de corta duración y las autoridades competentes.
- Informar sobre los distintos usos, regulación y destinos de las unidades de alojamiento dedicadas al alquiler de corta duración en toda España.
A través de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos se llevará a cabo la recepción y transmisión de los datos por parte de las plataformas online de alquiler de corta duración.
En este sentido, tales plataformas comunicarán a la Ventanilla Única los datos necesarios para permitir la notificación de las comunicaciones y resoluciones que ordenan, por ejemplo, la eliminación o inhabilitación del acceso a anuncios de unidades de alojamiento:
- Ofrecidas sin número de registro o con número de registro no válido.
- O en casos de uso indebido de un número de registro.
La Ventanilla Única Digital:
- Permite la transmisión máquina a máquina y manual de:
- Los datos de actividad por unidad de alojamiento.
- Junto con el número de registro facilitado por las personas arrendadoras, dirección específica de dicha unidad y las url de los anuncios publicados en las plataformas online de alquiler de corta duración.
- Facilita a las plataformas online llevar a cabo comprobaciones aleatorias.
- Permite la consulta del número de registro asignado a las unidades de alojamiento de las personas arrendadoras y la dirección y ubicación específica de las mismas.
- Permite la consulta de los datos de actividad por unidad de alojamiento y las url de los anuncios publicados por las personas arrendadoras en las plataformas online, mediante su interconexión con las plataformas online.
- Incluye una base de datos online de libre acceso y legible por máquina para comprobaciones.
- Garantiza una información reutilizable y la confidencialidad, integridad y seguridad en el tratamiento de los datos personales.
Plazo y forma de presentación de los datos desde las Plataformas en línea de alquiler de corta duración a la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
El periodo de referencia de la transmisión será mensual y coincidirá con el mes natural. Deberán recogerse y transmitirse a la Ventanilla Única Digital:
- Los datos de actividad de la unidad de alojamiento.
- El número de registro facilitado por las personas arrendadoras.
- La dirección específica de la unidad.
- Las url de los anuncios publicados en sus plataformas.
Con respecto a las Plataformas definidas como “Plataformas pequeñas” y “Microplataformas” en línea de alquiler de corta duración:
- Los datos se transmitirán al final de cada trimestre (periodo de referencia de transmisión trimestral y coincidente con el trimestre natural).
- La transmisión se realizará por medios de comunicación máquina a máquina o manualmente y a través del portal de internet del Ministerio de Vivienda y agenda Urbana.
La transmisión de datos se realizará en los 15 primeros días naturales del mes siguiente a la finalización del correspondiente periodo de referencia.
Modelo a utilizar para la transmisión de los datos por parte de las Plataformas en línea de alquiler de corta duración.
Los datos a transmitir deberán contener la siguiente información:
- Fecha y hora de inicio del periodo de referencia de la transmisión.
- Fecha y hora de fin del periodo de referencia de la transmisión.
- Para cada contrato del que se deban transmitir datos:
- Número de registro facilitado por las personas arrendadoras.
- Dirección específica de la unidad: dirección completa, excepto código postal, municipio y país; código postal; municipio; país.
- Número de huéspedes a los que se alquila la unidad.
- Lista de países de residencia de cada huésped.
- Periodo temporal por el que se arrienda la unidad: fecha de inicio; fecha de fin.
- Url del anuncio.
- Metadatos:
- Plataforma en línea que envía los datos.
- Fecha y hora de envío de los datos.
Más información.
1) En la web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, en las siguientes materias:
- Alquiler de alojamientos de corta duración (si se va a alquilar).
- Plataformas online de alquiler.
- Alquiler turístico e información de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
- Ventanilla Única Digital.
- Preguntas frecuentes sobre la Ventanilla Única Digital.
- Glosario de la Ventanilla Única Digital.
2) En la web de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior de la Junta de Andalucía:
- En materia de viviendas de uso turístico.
Si necesita información en materia de consumo no dude en contactar con nosotros. Le recordamos que estamos a su disposición de forma gratuita a través del número de teléfono 900 21 50 80*, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, en horario de atención de 8.00 a 20.00 horas de lunes a viernes y de 8.00 a 15.00 horas los sábados (salvo festivos), así como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Y si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.
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