A) ÁMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN
La presente Campaña de Inspección, que tiene ámbito autonómico, se realizará por todos los Servicios Provinciales de Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las actuaciones se desarrollarán desde el mes de febrero hasta el mes de diciembre de 2026.
B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR
Los principales objetivos de la presente Campaña son:
- La verificación del cumplimiento de los requisitos obligatorios del etiquetado, de información y de seguridad.
- El control analítico de los requisitos esenciales de calidad y seguridad industrial que les son de aplicación.
- La adopción de medidas preventivas, sancionadoras o ambas, en caso de incumplimientos.
C) NÚMERO DE CONTROLES
De acuerdo con los objetivos previstos, se llevarán a cabo por los Servicios Provinciales de Consumo, al menos, 800 controles del etiquetado, y la toma de muestras de productos para su ensayo en un laboratorio.
D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN
Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.
Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.
E) NORMATIVA DE APLICACIÓN
- Reglamento (UE) 2023/988 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 relativo a la seguridad general de los productos.
- Reglamento (UE) 2019/1020 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
- Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 1468/1988, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los productos industriales destinados a su venta directa a consumidores y usuarios.
- Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos.
- Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios.
F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES
En la campaña de inspección desarrollada en 2025 se levantaron 744 actas de inspección con un resultado de 168 con irregularidades, lo que supone un 22,58%, habiéndose visitado 464 establecimientos. En cuanto a la toma de muestras, de las 26 tomadas, 3 han resultado positivas, ya sea por incumplimientos de etiquetado o seguridad, lo que supone un 11,54%.
Los principales incumplimientos de etiquetado detectados se refieren a que la información del etiquetado no figuraba, al menos, en castellano; a que en el etiquetado no se identifica al fabricante o envasador o transformador o vendedor, establecido en la Unión Europea, ni su domicilio; a que en los productos que deben indicar en la etiqueta los datos de composición, éstos no figuran; a que en los productos en los que tiene que indicarse el origen del producto, éste no figura; a que no se indica correctamente el marcado CE; a que no figuran instrucciones, advertencias o consejos para su instalación, uso y mantenimiento, manejo o manipulación; a que no indican correctamente las instrucciones, advertencias o consejos para su uso, instalación, mantenimiento y manejo.
G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA
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