A) ÁMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN
La presente Campaña de Inspección, que tiene ámbito autonómico, se realiza por todos los Servicios de Consumo provinciales para vigilar la adecuación a la normativa en vigor de los disfraces, caretas, máscaras y similares destinados a ser utilizados por niños/as menores de 14 años, que tienen la consideración de juguetes.
Esta campaña se realizará desde finales del mes de febrero hasta mediados del mes de noviembre de 2024.
Las actuaciones de control se realizarán, siempre que sea posible, un 50% en los días previos y durante el Carnaval, y el 50% restante durante la celebración de Halloween, dado que es durante estas festividades cuando mayor número de productos se comercializan.
B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR
Los principales objetivos fijados para esta Campaña son los siguientes:
- Comprobar que estos productos cumplen con los requisitos básicos y generales de información y seguridad.
- Adoptar las medidas necesarias para la corrección del mercado, bien sean medidas preventivas, sancionadoras, o ambas.
C) NÚMERO DE CONTROLES
De acuerdo con los objetivos previstos, por los Servicios de Consumo provinciales se revisará el etiquetado de, al menos, 176 disfraces, caretas, máscaras y artículos similares, así como la toma de un número muestras reglamentarias aún por determinar para su ensayo en laboratorio.
D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN
Se dispone del enlace al Protocolo. Igualmente, se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.
Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.
E) NORMATIVA DE APLICACIÓN
- Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 1468/1988, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los productos industriales destinados a su venta directa a consumidores y usuarios.
- Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos.
- Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes (juguetes introducidos en el mercado a partir del 20/07/2011).
- Norma UNE-EN 71-1:2015+A1:2019 (Versión corregida en fecha 2022-06-15). Seguridad de los juguetes. Parte 1: Propiedades mecánicas y físicas.
- Norma UNE-EN 71.2 Seguridad de los juguetes. Inflamabilidad.
- Norma UNE-EN 14682:2015 (Versión corregida en fecha 2017-04-05). Seguridad de la ropa infantil. Cordones y cuerdas ajustables en ropa infantil. Especificaciones.
F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES
En la campaña de inspección de 2023 se levantaron un total de 199 actas de inspección, de las que 84 resultaron con alguna irregularidad, lo que supone un 42,21%. Además, se tomaron 28 muestras, de las que 14 resultaron con incumplimientos, ya sea por cuestiones de etiquetado o seguridad, lo que supone un porcentaje del 50%. Entre las irregularidades detectadas, se ha comprobado que la información del etiquetado no figura en la lengua oficial del Estado en un 7,23% de los casos, que no figura en el juguete, envase o en documento que acompañe al mismo, el nombre, nombre comercial registrado o marca comercial del fabricante en un 10,40% de los casos, en un 10,53% el producto no presenta marcado CE, en un 23,13% no figura una breve indicación del peligro específico por el que se aplica la precaución y en un 23,38% el diseño del símbolo gráfico de limitación de la edad no se ajusta a las características de la norma que le resulta de aplicación.
G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA
Enlace