Compras a distancia desde fuera de la Unión Europea de menos de 150 €.

La normativa aduanera de la Unión Europea ha introducido cambios relevantes que afectan a las compras realizadas por Internet de productos procedentes de países situados fuera de la UE. Destaca la eliminación, desde el 1 de julio de 2026, de la franquicia aduanera que permitía la exención de derechos de aduana en determinados envíos de valor inferior a 150 euros.
  1. ¿Qué es la franquicia aduanera de 150 €?
  2. ¿Sigue aplicándose esta exención a los envíos de menos de 150 €?
  3. ¿Cuándo dejó de aplicarse esta exención?
  4. ¿Cuánto se paga de derechos de aduana en las compras de menos de 150€?
  5. ¿Cómo se calcula el importe?
  6. ¿La medida afecta a las compras realizadas por Internet?
  7. ¿Significa esto que todas las compras de menos de 150 € pagan ahora derechos de aduana?
  8. ¿Quién paga o declara el derecho de aduana?
  9. ¿Cómo afecta al derecho de desistimiento?
  10. ¿Entonces si no quiero la mercancía recibida me devuelven el importe pagado como arancel?
  11. ¿Qué debemos tener que revisar antes de comprar a través de internet?
     

1. ¿Qué es la franquicia aduanera de 150 €?

La franquicia aduanera de 150 € era la exención de derechos de aduana que se aplicaba a determinadas mercancías enviadas directamente desde un país tercero a un destinatario situado en la Unión Europea, siempre que el valor intrínseco del envío no superase los 150 €.

2. ¿Sigue aplicándose esta exención a los envíos de menos de 150 €?

No, esta exención se ha eliminado mediante el Reglamento (UE) 2026/382 del Consejo, de 11 de febrero de 2026, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1186/2009 en lo que respecta a la supresión de la franquicia aduanera basada en umbrales.

3. ¿Cuándo dejó de aplicarse esta exención?

Desde el 1 de julio de 2026, los envíos procedentes de países situados fuera de la Unión Europea ya no disfrutan, con carácter general, de la franquicia de derechos de aduana basada en el umbral de 150 €.

4. ¿Cuánto se paga de derechos de aduana en las compras de menos de 150€? 

Desde el 1 de julio de 2026 la Unión Europea ha aprobado la aplicación de un derecho de aduana temporal de 3 euros por artículo, calculado según la clasificación arancelaria de los productos importados. 

Este recargo se aplicará de manera temporal hasta el 1 de julio de 2028. Después, entrará en funcionamiento el nuevo sistema aduanero de la UE y se aplicarán los aranceles ordinarios según el tipo de producto.

5. ¿Cómo se calcula el importe?

El derecho de 3 € se calcula atendiendo a los artículos y a su clasificación arancelaria y no simplemente al número de unidades que contiene el paquete.

El arancel de 3 euros se aplica por cada línea de la declaración aduanera que, habitualmente, se corresponde con las categorías o tipos productos que se están importando, no por paquete. Esto significa que un mismo envío puede generar varios cargos si contiene productos de tipos o categorías diferentes.

Por ejemplo, la Comisión Europea explica que, si se compran cinco camisetas que pertenecen a la misma clasificación arancelaria, el derecho puede ser de 3 €. Si el envío contiene tres camisetas y un reloj, al pertenecer a distintas clasificaciones arancelarias, el importe puede ser de 6 €.

6. ¿La medida afecta a las compras realizadas por Internet?

Sí. La medida afecta principalmente a los pequeños envíos procedentes de países de fuera de la Unión Europea, muchos de ellos derivados del comercio electrónico.

7. ¿Significa esto que todas las compras de menos de 150 € pagan ahora derechos de aduana?

No, lo importante es desde dónde se envía el producto y no en que país está la página web. 

El hecho determinante para que haya que pagar arancel es que la mercancía se envíe desde fuera de la UE.

Por ejemplo, aunque una tienda venda en euros, tenga la web en español o use un dominio «.es», si el producto se envía desde fuera de la Unión Europea, como China, Reino Unido o Estados Unidos, puede tener que pagar este nuevo recargo. Sin embargo, si ese mismo producto ya está almacenado en un país de la Unión Europea y se envía desde allí, este arancel no se aplica.

No depende por tanto de la página web donde se realiza la compra, sino desde donde se realiza el envío. Por tanto, lo importante para el consumidor no es solo la página web en la que compra, ni que la web esté en español o muestre los precios en euros. Lo decisivo es desde dónde se envía realmente el producto.

Por tanto, una compra realizada dentro de la UE no se convierte en una importación por el mero hecho de realizarse por Internet. La cuestión relevante es el lugar desde el que se introduce la mercancía en el territorio aduanero de la Unión.

8. ¿Quién paga o declara el derecho de aduana?

Con carácter general, el responsable legal del pago del arancel aduanero es el declarante de la mercancía, es decir, quien presenta la declaración ante la aduana cuando el producto entra en la Unión Europea. Puede tratarse del vendedor, la plataforma de venta, el importador, el titular del sistema IOSS, un operador logístico o representante aduanero, según el sistema utilizado.

El consumidor no tiene que pagar directamente el arancel a la Aduana, salvo que decida realizar personalmente las formalidades aduaneras. En este último caso, la Agencia Tributaria podrá exigirle directamente el pago y deberá conservar la factura de compra, los justificantes de pago y la documentación del envío durante al menos cuatro años.

En la práctica, el coste del arancel puede repercutirse al consumidor de distintas formas:

Incluido en el precio de compra: la plataforma o el vendedor cobra el arancel, junto con el IVA u otros impuestos, en el momento de realizar el pedido. Si las condiciones de compra indican que el precio incluye el arancel, el consumidor no debería recibir posteriormente un cobro adicional por este concepto por parte del transportista.

Cobrado por el transportista: si el arancel no está incluido en el precio, la empresa de transporte, operador postal o representante aduanero puede reclamar al consumidor el importe correspondiente, junto con el IVA de importación y, en su caso, gastos de gestión o despacho, como condición para entregar el paquete.

Gestionado por otros operadores: dependiendo del sistema de importación, la plataforma, el vendedor, el operador logístico o el representante aduanero puede encargarse de la declaración y del pago ante la Aduana, repercutiendo posteriormente el coste al consumidor.

Por tanto, la forma en que este importe se traslade al consumidor, así como el momento en que deba abonarse, dependerá de las condiciones aplicadas por la plataforma o por el vendedor. En la mayoría de los casos, el pago se realizará directamente al efectuar la compra. Sin embargo, cuando el importe no haya sido incluido previamente, el transportista podrá exigir su pago con posterioridad, incorporando, cuando corresponda, el IVA y los gastos derivados de la gestión.

Por ello, antes de realizar una compra en una plataforma online de productos procedentes de fuera de la UE, es recomendable comprobar las condiciones de compra y verificar si el precio incluye IVA, aranceles y gastos de gestión, para evitar cargos adicionales en el momento de la entrega.

9. ¿Cómo afecta al derecho de desistimiento?

El establecimiento del nuevo arancel no afecta al derecho de desistimiento que tienen las personas consumidoras cuando realizan compras a distancia, como ocurre, por ejemplo, con las adquisiciones realizadas por internet. Por tanto, se mantiene la posibilidad de desistir del contrato sin necesidad de explicar el motivo. Con carácter general, este derecho podrá ejercerse dentro de los 14 días naturales siguientes a la compra, salvo en aquellos supuestos que la legislación contempla como excepciones.

10. ¿Entonces si no quiero la mercancía recibida me devuelven el importe pagado como arancel?

Desde el punto de vista tributario y aduanero, los derechos de aduana satisfechos con motivo de la importación no se reintegran por el mero hecho de devolver la mercancía. Un arancel devengado por una importación realizada no es reembolsable porque el consumidor cambie de opinión. No obstante, la normativa aduanera contempla determinados supuestos en los que puede solicitarse su devolución, entre ellos aquellos en los que se acredite que los bienes eran defectuosos o que no se ajustaban a las condiciones pactadas en el contrato. Por eso si acudes a la Agencia Tributaria (AEAT) a pedir que te devuelvan los 3 € por un desistimiento simple, la respuesta será que no se devuelve.

Por tanto, cuando el consumidor haya asumido directamente el pago del derecho de importación, su eventual recuperación se regirá por la normativa aduanera, por lo que el vendedor únicamente estará obligado a devolver el importe correspondiente al producto adquirido.

En cambio, en aquellos casos en los que el vendedor haya incluido el importe del arancel en el precio abonado por el consumidor, el reembolso deberá comprender también dicha cantidad cuando se ejerza el derecho de desistimiento, ya que según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, cuanto ejercitas el desistimiento, el vendedor tiene la obligación de reembolsarte todo el pago recibido de tu parte, incluidos los costes de entrega y tasas y/o aranceles que te haya cobrado en la pasarela de compra como parte del precio total, en el que irá desglosado cada pago realizado.

Por ello, debe diferenciarse entre los derechos de aduana incluidos en el importe cobrado por el vendedor y aquellos que hayan sido abonados directamente por la persona consumidora a las autoridades aduaneras o a un representante aduanero. 

11. ¿Qué debemos tener que revisar antes de comprar a través de internet?

Cuando se compra por Internet lo primero que hay que comprobar es desde donde se envían realmente los productos, si se envían desde un país de la UE o desde fuera, ya que no siempre coincide con el país de la página web.

Para evitar sorpresas, conviene comprobar el precio total y saber si incluye IVA, aranceles, gastos de aduana u otros costes de gestión. También es recomendable revisar quién se encarga de los trámites de importación, cómo se realiza la entrega y si el transportista puede solicitar pagos adicionales.

Además, es aconsejable conocer las condiciones de devolución, especialmente cuando el producto debe enviarse de vuelta a un país extranjero, ya que pueden existir gastos adicionales. 

También se deben conservar la factura, los justificantes de pago y las comunicaciones con el vendedor por si fuera necesario presentar una reclamación.

La normativa de consumo obliga a las comercializadoras a presentar el precio completo final y con los diferentes conceptos que se imputen, distintos del valor del producto, de forma desglosada. Revisa muy bien estos detalles antes de pagar, y comprueba que el importe total final que te cobran no varía. 

 

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