Etiquetado energético de los acondicionadores de aire

Los acondicionadores de aire deben llevar una etiqueta indicadora de determinados parámetros, entre ellos el relativo a la eficiencia energética del aparato.

INDICE DE CONTENIDOS.

 

Qué son los acondicionadores de aire.

El Reglamento Delegado (UE) 626/2011 de la Comisión, de 4 de mayo, regula el etiquetado energético de los acondicionadores de aire.

Son acondicionadores de aire aquellos aparatos capaces de refrigerar o de calentar, o ambas cosas, aire en espacios interiores, por medio de un ciclo de compresión de vapor accionado por un compresor eléctrico. Se incluyen los que ejerzan, además, otras funciones como la deshumidificación, purificación del aire, ventilación o calentamiento complementario del aire por resistencia eléctrica, así como los aparatos que puedan utilizar agua para evaporación en el condensador. Dentro de los acondicionadores de aire, se tienen:

  • Los de conducto doble. Durante la refrigeración o la calefacción, el aire se introduce en el condensador o evaporador desde el exterior a la unidad a través de un conducto y se expulsa al exterior a través de un segundo conducto.
  • Los de conducto único. Durante la refrigeración o la calefacción el aire se introduce en el condensador o evaporador desde el espacio que contiene la unidad y se descarga en él.

Se entiende por acondicionador de aire reversible, como aquél capaz de refrigerar y de calentar. 

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Obligaciones de las entidades proveedoras de los acondicionadores de aire.

Las entidades proveedoras adoptarán, entre otras, las siguientes medidas:

  • Cada acondicionador de aire que se ajuste a las clases de eficiencia energética irá provisto de una etiqueta impresa. Los acondicionadores de aire, salvo los de conducto único y los de conducto doble, irán provistos de una etiqueta impresa, al menos en el embalaje de la unidad exterior, como mínimo en relación con una combinación de unidades de interior y de exterior con factor de potencia 1. Para otras combinaciones, cabe también que la información pueda facilitarse en un sitio web sin restricciones de acceso.
  • Se facilitará una ficha del producto. Los acondicionadores de aire, salvo los de conducto único y los de conducto doble, irán provistos de una ficha del producto, al menos en el embalaje de la unidad exterior, como mínimo en relación con una combinación de unidades de interior y de exterior con factor de potencia 1. Para otras combinaciones, cabe también que la información pueda facilitarse en un sitio web sin restricciones de acceso.
  • La documentación técnica se pondrá a disposición por medios electrónicos de las oportunas autoridades.
  • Toda publicidad de un modelo específico de acondicionador de aire indicará la clase de eficiencia energética si la publicidad revela información relacionada con la energía o sobre su precio. Si hubiera más de una clase de eficiencia energética posible, se declarará, por lo menos, la clase de eficiencia energética para la calefacción en la temporada media. Si la persona usuaria no tiene la posibilidad de ver el producto expuesto, la información deberá facilitarse en el siguiente orden:
  1. Clase de eficiencia energética del modelo.
  2. Respecto de los acondicionadores diferentes de los de conducto único o de conducto doble: el factor de eficiencia energética estacional (SEER) y/o coeficiente de rendimiento estacional (SCOP), la carga de diseño en kilovatios, el consumo anual de electricidad, y la temporada de refrigeración y/o calefacción en las que el aparato se declara apto para funcionar.
  3. Respecto a los acondicionadores de conducto único y doble: el factor de eficiencia energética (EER) y/o coeficiente de rendimiento (COP), potencia nominal en kilovatios, el consumo horario de electricidad relativo a la refrigeración y/o calefacción.
  4. Los niveles de potencia acústica.
  5. Nombre y el potencial de calentamiento global (GWP) del refrigerante utilizado.
  • Se pondrán a disposición las instrucciones de uso.
  • Los acondicionadores de aire de conducto único se denominarán “acondicionadores de aire locales” en su embalaje, en la documentación sobre el producto y en todo material publicitario, ya sea en formato electrónico o en papel.
  • Debe ponerse a disposición de las entidades distribuidoras una etiqueta electrónica, así como una ficha de producto electrónica para cada modelo de acondicionador de aire introducido en el mercado a partir del 1 de enero de 2015.

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Obligaciones de las entidades distribuidoras de los acondicionadores de aire.

Las entidades distribuidoras adoptarán, entre otras, las siguientes medidas:

  • Los aparatos en el punto de venta deben ir provistos de la etiqueta proporcionada por las entidades proveedoras, en la parte exterior frontal o superior del aparato, de forma que resulte claramente visible.
  • Los acondicionadores de aire puestos en venta, alquiler o alquiler con derecho a compra, de manera que no quepa prever que la persona usuaria final pueda ver el producto expuesto, se comercializarán con la información a facilitar por las entidades proveedoras relativo a la ficha del producto (Anexo IV) y a la información a facilitarse cuando no sea posible que la persona usuaria pueda ver el producto (Anexo VI). Si la oferta se hace por Internet facilitando una etiqueta y una ficha del producto por medios electrónicos, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el Anexo IX.
  • Toda publicidad de un modelo específico de acondicionador de aire contendrá una referencia a la clase de eficiencia energética si la publicidad revela información relacionada con la energía o sobre el precio. Si hubiera más de una clase de eficiencia energética posible, se declarará, por lo menos, la clase de eficiencia energética en la zona de la temporada media.
  • Los acondicionadores de aire de conducto único se denominarán “acondicionadores de aire locales” en su embalaje, en la documentación sobre el producto y en todo material publicitario, ya sea en formato electrónico o en papel.

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Las clases de eficiencia energética.

Para los acondicionadores de aire, salvo los de conducto doble y los de conducto único.

Se tiene la siguiente tabla de eficiencias energéticas, tomando en consideración los valores del SEER y SCOP:

  • Se define el Factor de eficiencia energética estacional o SEER, como un factor de eficiencia energética global de la unidad, representativo de toda la temporada de refrigeración, calculado como la demanda anual de refrigeración de referencia dividida por el consumo anual de electricidad para refrigeración.
  • Se define el Coeficiente de rendimiento estacional o SCOP, como un coeficiente global de rendimiento de la unidad, representativo de toda la temporada de calefacción designada, calculado dividiendo la demanda anual de calefacción de referencia por el consumo anual de electricidad para calefacción.

Como se puede comprobar, cuanto mayores son los valores de SEER o SCOP, mayores son las eficiencias energéticas del aparato

Para los acondicionadores de aire de conducto único y de conducto doble.

Se tiene la siguiente tabla de eficiencias energéticas, tomando en consideración los valores del EER rated y COP rated:

  • Se define el Factor de eficiencia energética nominal o EER rated, como la potencia declarada para refrigerar en kilovatios, dividida por la potencia nominal utilizada para refrigeración en kilovatios de una unidad cuando refrigera en condiciones estándar.
  • Se define el Coeficiente de rendimiento estacional o COP rated, como la potencia declarada para calefacción en kilovatios, dividida por la potencia nominal utilizada para calefacción en kilovatios de una unidad cuando proporciona calefacción en condiciones estándar.

Como se puede comprobar, cuanto mayores son los valores de EER rated o COP rated, mayores son las eficiencias energéticas del aparato. 

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La ficha del producto.

La ficha del producto que debe ser facilitada por las entidades proveedoras de acondicionadores de aire, y ofrecida por las entidades distribuidoras, se facilitará en el siguiente orden:

  • Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
  • Identificador del modelo del acondicionador de aire interior o de los elementos del mismo, situados en el interior y en el exterior.
  • Nivel de potencia acústica interior y exterior en condiciones estándar, en los modos de refrigeración y/o calefacción.
  • Nombre y el potencial de calentamiento global (GWP) del refrigerante utilizado. Además, debe aparecer el siguiente texto:

“Las fugas de refrigerante contribuyen al cambio climático. Cuanto mayor sea el potencial de calentamiento global (GWP) de un refrigerante, más contribuirá a dicho calentamiento su vertido a la atmósfera. Este aparato contiene un líquido refrigerante con un GWP igual a [xxx]. Esto significa que, si pasara a la atmósfera 1 kg de este líquido refrigerante, el impacto en el calentamiento global sería, a lo largo de un periodo de 100 años, [xxx] veces mayor que si se vertiera 1 kg de CO2. Nunca intente intervenir en el circuito del refrigerante ni desmontar el aparato usted mismo; consulte siempre a un profesional.”.

Además, en la ficha del acondicionador de aire se incluirá la siguiente información sobre el modo de refrigeración, cuando se declare la eficiencia sobre la base del factor SEER:

  • El SEER y la clase de eficiencia energética del modelo en el modo de refrigeración, así como los límites de las clases.
  • El consumo anual de electricidad indicativo en la temporada de refrigeración, en kilovatios hora al año y que se describirá como sigue: “Consumo de energía “XYZ” kilovatios hora al año, según los resultados obtenidos en ensayos estándar. El consumo de energía real depende de las condiciones de uso del aparato y del lugar en el que esté instalado.”.
  • La carga de diseño del aparato en el modo refrigeración en kilovatios.

Además, las notas siguientes definen la información a incluirse en la ficha del producto sobre el modo de calefacción, cuando se declare la eficiencia sobre la base del coeficiente SCOP:

  • El SCOP y la clase de eficiencia energética del modelo, así como los límites de las clases.
  • El consumo anual de electricidad indicativo en una temporada media de calefacción en kilovatios hora al año, y que se describirá como sigue: “Consumo de energía “XYZ” kilovatios hora al año, según los resultados obtenidos en ensayos estándar. El consumo de energía real depende de las condiciones de uso del aparato y del lugar en el que esté instalado.”.
  • Otras temporadas de calefacción designadas en las cuales la unidad se declara apta para funcionar, con las opciones de temporada más cálida (opcional) o más fría (opcional).
  • La carga de diseño del aparato en el modo de calefacción en kilovatios.
  • La potencia declarada y una indicación de la potencia de calefacción de reserva asumida para el cálculo del SCOP en condiciones diseño de referencia.

Además, las notas siguientes definen la información a incluirse en la ficha del producto cuando se declare la eficiencia sobre la base del factor EER rated o del coeficiente COP rated:

  • La clase de eficiencia del modelo, así como los límites de las clases.
  • Para el caso de los acondicionadores de aire de conducto doble, así como de conducto único, el consumo horario de electricidad indicativo en kilovatios hora a los 60 minutos, y que se describirá como sigue: “Consumo de energía “X,Y” kilovatios hora a los 60 minutos, según los resultados obtenidos en ensayos estándar. El consumo de energía real depende de las condiciones de uso del aparato y del lugar en el que esté instalado.”.
  • La potencia de refrigeración del aparato en kilovatios.
  • La potencia de calefacción del aparato en kilovatios. 

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Información a facilitarse cuando la persona usuaria final no pueda ver el producto expuesto en el punto de venta.

Los acondicionadores de aire puestos a la venta, alquiler o alquiler con derecho a compra de modo que la persona usuaria final no pueda ver el producto expuesto, se comercializarán facilitando la información en el siguiente orden:

  • Clase de eficiencia energética del modelo.
  • Cuando se trate de acondicionadores de aire diferentes a los de conducto doble o de conducto único:
  1. El factor SEER y/o coeficiente SCOP.
  2. La carga de diseño en kilovatios.
  3. El consumo anual de electricidad. 
  4. La temporada de refrigeración y/o temporadas de calefacción en las que el aparato se declara apto para funcionar.
  • Cuando se trate de acondicionadores de aire de conducto único y los de conducto doble:
  1. El factor EER y/o coeficiente COP.
  2. La potencia nominal en kilovatios.
  3. Consumo horario de electricidad relativo a la refrigeración y/o calefacción.
  • Niveles de potencia acústica.
  • Nombre y potencial de calentamiento global (GWP) del refrigerante utilizado.

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Información a facilitarse en los casos de que los acondicionadores de aire se vendan, alquilen o alquilen con derecho a compra a través de Internet.

Entre las obligaciones de las entidades proveedoras de los acondicionadores de aire se encuentran las de facilitar a las entidades distribuidoras:

  • Una etiqueta electrónica para cada modelo de acondicionador de aire introducido en el mercado a partir del 1 de enero de 2015, respetando las clases de eficiencia energética establecidas.
  • Una ficha de producto electrónica para cada modelo de acondicionador de aire introducido en el mercado a partir del 1 de enero de 2015.

Cuando se proceda a vender, alquilar o alquilar con derecho a compra un acondicionador de aire a través de Internet:

  • La etiqueta electrónica:
  1. Se debe mostrar en la pantalla, pantalla táctil y otras tecnologías visuales que muestren contenidos de Internet, cerca del precio del producto.
  2. Su tamaño debe permitir que la etiqueta sea claramente visible y legible, y será proporcionado al tamaño indicado en el Anexo III del Reglamento Delegado (UE) 626/2011 de la Comisión, de 4 de mayo
  3. Podrá mostrarse mediante una visualización anidada, en virtud de la que deberá aparecer con un clic o un barrido de ratón o con la expansión de una pantalla táctil.
  4. La imagen utilizada para acceder a la etiqueta en caso de que estemos ante una visualización anidada será una flecha del color correspondiente a la clase de eficiencia energética del producto que figure en la etiqueta, así como indicará en la flecha la clase de eficiencia del producto en color blanco con un tamaño equivalente el del precio, teniendo uno de los siguientes formatos:

  • La ficha del producto facilitada por las entidades proveedoras:
  1. Se mostrará en el mecanismo de visualización cerca del precio del producto.
  2. El tamaño de letra de la ficha hará que ésta sea claramente visible y legible.
  3. Podrá mostrarse por medio de visualización anidada, en cuyo caso el enlace usado para el acceso deberá indicar de manera clara y legible “Ficha del producto”.
  4. Si se utiliza visualización anidada, la ficha del producto deberá aparecer con el primer clic o barrido del ratón o con la expansión del enlace en una pantalla táctil.

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La etiqueta energética de los acondicionadores de aire reversibles.

Etiqueta de acondicionadores de aire reversibles clasificados en las clases de eficiencia energética A a G.

  • I. Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
  • II. Identificador del modelo de la entidad proveedora.
  • III. Texto “SEER” para la refrigeración, con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire, en azul; texto “SCOP” para la calefacción, con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire, en rojo.
  • IV. Eficiencia energética. La punta de la flecha que contiene la clase de eficiencia energética del aparato se colocará a la misma altura que la punta de la flecha de la clase de eficiencia energética correspondiente. Debe indicarse la eficiencia energética de la refrigeración y de la calefacción. Respecto a la calefacción, es obligatorio indicar la eficiencia energética en la temporada de calefacción media (la indicación de la eficiencia en las temporadas más cálida y más fría es opcional).
  • V. Respecto al modo de refrigeración, la carga de diseño en kilovatios (redondeada al primer decimal).
  • VI. Respecto al modo calefacción, la carga de diseño en kilovatios de las respectivas (hasta 3) temporadas de calefacción (redondeada al primer decimal). Los valores de las temporadas de calefacción respecto del as que no se indique la carga de diseño se señalarán con una “X”.
  • VII. Respecto al modo de refrigeración, el factor SEER redondeado al primer decimal.
  • VIII. Respecto al modo de calefacción, el coeficiente SCOP de las respectivas (hasta 3) temporadas de calefacción redondeado al primer decimal. Los valores de las temporadas de calefacción respecto de las que no se indique la carga de diseño se señalarán con una “X”.
  • IX. Consumo anual de energía en kilovatios hora al año, de la refrigeración y de la calefacción, redondeado al número entero más próximo. Los valores de las temporadas de calefacción respecto del as que no se indique la carga de diseño se señalarán con una “X”.
  • X. Niveles de potencia acústica de las unidades de interior y de exterior redondeada al número entero más próximo.
  • XI. Mapa de Europa que muestra 3 temporadas de calefacción indicativas y sus respectivos cuadros de color.

Etiqueta de acondicionadores de aire reversibles clasificados en las clases de eficiencia energética A+ a F.

Etiqueta de acondicionadores de aire reversibles clasificados en las clases de eficiencia energética A++ a E.

Etiqueta de acondicionadores de aire reversibles clasificados en las clases de eficiencia energética A+++ a D.

 

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La etiqueta energética de los acondicionadores de aire con función sólo de refrigeración.

Etiqueta de acondicionadores de aire exclusivamente con función de refrigeración clasificados en las clases de eficiencia energética A a G.

  • I. Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
  • II. Identificador del modelo de la entidad proveedora.
  • III. Texto “SEER”, con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire, en azul.
  • IV. Eficiencia energética. La punta de la flecha que contiene la clase de eficiencia energética del aparato se colocará a la misma altura que la punta de flecha de la clase de eficiencia energética correspondiente.
  • V. Carga de refrigeración de diseño en kilovatios, redondeada al primer decimal.
  • VI. Valor del factor SEER, redondeado al primer decimal.
  • VII. Consumo anual de energía en kilovatios hora al año, redondeado al número entero más próximo.
  • VIII. Niveles de potencia acústica de las unidades de interior y de exterior, redondeada al número entero más próximo.

Etiqueta de acondicionadores de aire exclusivamente con función de refrigeración clasificados en las clases de eficiencia energética A+ a F.

Etiqueta de acondicionadores de aire exclusivamente con función de refrigeración clasificados en las clases de eficiencia energética A++ a E.

Etiqueta de acondicionadores de aire exclusivamente con función de refrigeración clasificados en las clases de eficiencia energética A+++ a D.

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La etiqueta energética de los acondicionadores de aire con función sólo de calefacción.

Etiqueta de acondicionadores de aire exclusivamente con función de calefacción clasificados en las clases de eficiencia energética A a G.

  • I. Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
  • II. Identificador del modelo de la entidad proveedora.
  • III. Texto “SCOP”, con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire, en rojo.
  • IV. Eficiencia energética. La punta de la flecha que contiene la clase de eficiencia energética del aparato se colocará a la misma altura que la punta de flecha de la clase de eficiencia energética correspondiente. Es obligatorio indicar la eficiencia energética en la temporada de calefacción media. La indicación de la eficiencia en las temporadas más cálida y más fría es opcional
  • V. Carga de calefacción de diseño en kilovatios, de las respectivas temporadas (hasta 3) de calefacción redondeada al primer decimal. Los valores de las temporadas de calefacción respecto de las cuales no se indique la carga de diseño se señalarán con una “X”.
  • VI. Valor del coeficiente SCOP, de las respectivas temporadas (hasta 3) de calefacción redondeada al primer decimal. Los valores de las temporadas de calefacción respecto de las cuales no se indique el valor SCOP se señalarán con una “X”.
  • VII. Consumo anual de energía en kilovatios hora al año, redondeado al número entero más próximo. Los valores de las temporadas de calefacción respecto de las cuales no se indique el valor SCOP se señalarán con una “X”.
  • VIII. Niveles de potencia acústica de las unidades de interior y de exterior, redondeada al número entero más próximo.
  • IX. Mapa de Europa que muestra 3 temporadas de calefacción indicativas y sus respectivos cuadrados de color.

Etiqueta de acondicionadores de aire exclusivamente con función de calefacción clasificados en las clases de eficiencia energética A+ a F.

Etiqueta de acondicionadores de aire exclusivamente con función de calefacción clasificados en las clases de eficiencia energética A++ a E.

Etiqueta de acondicionadores de aire exclusivamente con función de calefacción clasificados en las clases de eficiencia energética A+++ a D.

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La etiqueta energética de los acondicionadores de aire de conducto doble.

Etiqueta de acondicionadores de aire de conducto doble reversibles clasificados en las clases de eficiencia energética A+++ a D.

  • I. Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
  • II. Identificador del modelo de la entidad proveedora.
  • III. Texto “EER”, para la refrigeración con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire, en azul; texto “COP” para la calefacción, con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire en rojo.
  • IV. Eficiencia energética. La punta de la flecha que contiene la clase de eficiencia energética del aparato se colocará a la misma altura que la punta de flecha de la clase de eficiencia energética correspondiente. Debe indicarse la eficiencia energética de la refrigeración y de la calefacción.
  • V. Potencia nominal de los modos de refrigeración y de calefacción en kilovatios redondeada al primer decimal.
  • VI. Valor de EER rated y COP rated, redondeados al primer decimal.
  • VII. Consumo horario de energía en kilovatios hora por periodo de 60 minutos, de los modos de refrigeración y de calefacción, redondeado al primer decimal.
  • VIII. Nivel de potencia acústica de la unidad interior, redondeada al número entero más próximo.

Etiqueta de acondicionadores de aire de conducto doble exclusivamente con función de refrigeración clasificados en las clases de eficiencia energética A+++ a D.

  • I. Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
  • II. Identificador del modelo de la entidad proveedora.
  • III. Texto “EER”, con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire, en azul.
  • IV. Eficiencia energética. La punta de la flecha que contiene la clase de eficiencia energética del aparato se colocará a la misma altura que la punta de flecha de la clase de eficiencia energética correspondiente.
  • V. Potencia nominal de refrigeración en kilovatios, redondeada al primer decimal.
  • VI. Valor del factor EER rated, redondeado al primer decimal.
  • VII. Consumo horario de energía en kilovatios hora por periodo de 60 minutos, redondeado al primer decimal.
  • VIII. Nivel de potencia acústica de la unidad interior, redondeada al número entero más próximo.

Etiqueta de acondicionadores de aire de conducto doble exclusivamente con función de calefacción clasificados en las clases de eficiencia energética A+++ a D.

  • I. Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
  • II. Identificador del modelo de la entidad proveedora.
  • III. Texto “COP”, con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire, en rojo.
  • IV. Eficiencia energética. La punta de la flecha que contiene la clase de eficiencia energética del aparato se colocará a la misma altura que la punta de flecha de la clase de eficiencia energética correspondiente. 
  • V. Potencia nominal de calefacción en kilovatios, redondeada al primer decimal.
  • VI. Valor del coeficiente COP rated, redondeada al primer decimal.
  • VII. Consumo horario de energía en kilovatios hora por periodo de 60 minutos, redondeado al primer decimal.
  • VIII. Nivel de potencia acústica de la unidad interior, redondeada al número entero más próximo. 

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La etiqueta energética de los acondicionadores de aire de conducto único.

Etiqueta de acondicionadores de aire de conducto único reversibles clasificados en las clases de eficiencia energética A+++ a D.

  • I. Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
  • II. Identificador del modelo de la entidad proveedora.
  • III. Texto “EER”, para la refrigeración con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire, en azul; texto “COP” para la calefacción, con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire en rojo.
  • IV. Eficiencia energética. La punta de la flecha que contiene la clase de eficiencia energética del aparato se colocará a la misma altura que la punta de flecha de la clase de eficiencia energética correspondiente. Debe indicarse la eficiencia energética de la refrigeración y de la calefacción.
  • V. Potencia nominal de los modos de refrigeración y de calefacción en kilovatios redondeada al primer decimal.
  • VI. Valor de EER rated y COP rated, redondeados al primer decimal.
  • VII. Consumo horario de energía en kilovatios hora por periodo de 60 minutos, de la refrigeración y de la calefacción, redondeado al primer decimal.
  • VIII. Nivel de potencia acústica de la unidad interior, redondeada al número entero más próximo.

Etiqueta de acondicionadores de aire de conducto único exclusivamente con función de refrigeración clasificados en las clases de eficiencia energética A+++ a D.

  • I. Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
  • II. Identificador del modelo de la entidad proveedora.
  • III. Texto “EER”, con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire, en azul.
  • IV. Eficiencia energética. La punta de la flecha que contiene la clase de eficiencia energética del aparato se colocará a la misma altura que la punta de flecha de la clase de eficiencia energética correspondiente.
  • V. Potencia nominal de refrigeración en kilovatios, redondeada al primer decimal.
  • VI. Valor del factor EER rated, redondeado al primer decimal.
  • VII. Consumo horario de energía en kilovatios hora por periodo de 60 minutos, redondeado al primer decimal.
  • VIII. Nivel de potencia acústica de la unidad interior, redondeada al número entero más próximo.

Etiqueta de acondicionadores de aire de conducto único exclusivamente con función de calefacción clasificados en las clases de eficiencia energética A+++ a D.

  • I. Nombre o marca comercial de la entidad proveedora.
  • II. Identificador del modelo de la entidad proveedora.
  • III. Texto “COP”, con el símbolo de un ventilador y un flujo de aire, en rojo.
  • IV. Eficiencia energética. La punta de la flecha que contiene la clase de eficiencia energética del aparato se colocará a la misma altura que la punta de flecha de la clase de eficiencia energética correspondiente. 
  • V. Potencia nominal de calefacción en kilovatios, redondeada al primer decimal.
  • VI. Valor del coeficiente COP rated, redondeada al primer decimal.
  • VII. Consumo horario de energía en kilovatios hora por periodo de 60 minutos, redondeado al primer decimal.
  • VIII. Nivel de potencia acústica de la unidad interior, redondeada al número entero más próximo. 

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