Esta norma delimita el alcance de las obligaciones, tanto generales como de servicio público, que se imponen a los operadores, y concreta otros aspectos, como la regulación del Registro de operadores.
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Además, concreta el procedimiento para la obtención de la condición de operador y los derechos de los usuarios, al tiempo que recoge el régimen general de prestación de servicios y establecimiento y explotación de redes establecido por la Ley.
Por otra parte, se establece un repertorio de derechos y obligaciones que son de aplicación directa a los operadores, distinguiendo tanto entre operadores de redes y prestadores de servicios como entre prestadores del servicio telefónico y otros servicios.
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Ficheros adjuntos