ÍNDICE DE CONTENIDOS.
- Recomendaciones genéricas en materia de telefonía e internet
- Recomendaciones sobre servicios de tarificación adicional
- Recomendaciones para evitar el slamming
Recomendaciones genéricas en materia de telefonía e internet.
Como persona usuaria de los servicios de telecomunicaciones (telefonía fija, telefonía móvil o internet), se recomienda adoptar unas pautas de conducta:
- Antes de contratar, es recomendable informarse de las condiciones que ofrece la operadora en materia de, por ejemplo: tarifas, condiciones de contratación, indemnizaciones en caso de interrupción de suministro, penalizaciones, etc.
- Es siempre aconsejable comparar diferentes ofertas de diferentes operadoras de telecomunicaciones de manera previa a realizar la contratación efectiva de los servicios. Decídase valorando todos los servicios ofrecidos en su conjunto (por ejemplo: servicios de mantenimiento, la calidad que se ofrece, los períodos mínimos de contratación o el procedimiento para darse de baja, etc.), no dejándose influir por el precio en exclusiva.
- Una vez que se decida a contratar, solicite el oportuno contrato, incluso si la contratación ha sido por teléfono. Disponer de contrato es fundamental para comprobar las condiciones de la prestación e informa de cómo proceder para reclamar.
- Conserve toda la documentación y los justificantes de las diferentes operaciones que realice con su operadora de telecomunicaciones:
- Cuando contrate, solicite su contrato por escrito de manera gratuita.
- Cuando se dé de baja del servicio contratado o de alguna prestación específica, si se tramita la misma por vía telefónica solicite el número de referencia de la misma; si se tramita por correo ordinario, remita siempre su solicitud con acuse de recibo o bien por burofax; y si se tramitara por fax, conserve el reporte del mismo.
- Aunque la compañía operadora está obligada al envío de confirmación documental de las gestiones que realice con ella, no está de más que la persona consumidora lo exija durante la operación.
- Recuerde que la publicidad es vinculante, es decir, que podrá exigir a la compañía operadora aquellas ofertas que publicite, teniendo en cuenta el plazo de vigencia de las mismas.
- Verifique que las facturas recibidas en concepto del servicio contratado son correctas.
- Si así lo desea, puede ejercer sus derechos a la desconexión de determinados servicios como las llamadas internacionales y el acceso a los números de teléfono de tarificación adicional.
- Valore si le conviene tener una línea de contrato o bien una tarjeta de prepago con la cual se paga por lo que se consume.
- Si surgen controversias entre la persona usuaria de los servicios y la compañía operadora de telecomunicaciones podrá interponer la oportuna reclamación, dirigiéndose en primer término a dicha operadora y, en caso de que no se resuelva de esta forma, dirigiendo su reclamación a la Oficina de Atención al usuario de Telecomunicaciones o, en su caso, a la oportuna junta Arbitral de Consumo.
- Siempre que sea posible, contrate con operadoras de telecomunicaciones que se encuentren adheridas al Sistema Arbitral de Consumo, que es siempre un valor añadido y un distintivo de confianza, lo que garantiza que cualquier posible discrepancia pueda quedar resuelta de forma rápida y gratuita, sin necesidad de acudir a los Tribunales.
Recomendaciones sobre servicios de tarificación adicional.
En materia de servicios de tarificación adicional, tanto de llamadas, como basados en el envío de mensajes, es importante tener en cuenta una serie de aspectos:
- Asegúrese de identificar a la entidad proveedora y cómo localizarla. Desconfíe de aquellas empresas que no se identifiquen claramente en su publicidad, y que tampoco le faciliten una forma de ponerte en contacto con ellas para resolver problemas en caso de que necesite aclarar una duda o plantear una reclamación.
- Muestre mucha cautela con los anuncios con los que hay que ponerse en contacto a través de servicios de tarificación adicional:
- Que no identifiquen a la empresa o entidad responsable.
- Que anuncien en idiomas diferentes al castellano.
- Sobre supuestas promociones gratuitas, regalos u ofertas de trabajo, oportunidades únicas, negocios de dudosa reputación, etc.
- Al respecto de descargas de aplicaciones, juegos, compras de "productos milagro" (no existen tales productos milagro), subastas, etc.
- Preste atención al precio, si este incluye IVA o no, y si diferencia entre si la llamada se hace desde un teléfono fijo o desde un teléfono móvil: fíjese en el prefijo del número con el que hay que conectar, ya que determina el tipo de servicio que obtendremos e incluso el precio de los mismos.
- Además del precio, la publicidad de estos servicios debe indicar el público al que se destina el servicio (para el caso de servicios destinados exclusivamente a personas mayores de 18 años).
- Recuerde que tiene derecho a solicitar la desconexión de estos tipos de servicios comunicándolo a su compañía telefónica, la cual, debe hacerla efectiva en el plazo máximo de 10 días desde la recepción de la petición. Si la desconexión no se hace en este plazo por causas no imputables ala persona abonada, serán con cargo a la compañía los gastos derivados del servicio cuya desconexión se solicita.
- Debe saber que está prohibido el envío de mensajes a los usuarios que no hayan realizado la correspondiente solicitud de suscripción. Asimismo, está prohibido el envío y facturación de mensajes a las personas usuarias que hayan cursado la solicitud de baja.
- No abra correos electrónicos de procedencia desconocida, ni descargue de internet ningún tipo de contenido del que no tenga absoluta seguridad respecto a su procedencia, puesto que pueden abrir contenidos que conllevan la descarga de un programa con conexión a un número de tarificación adicional, que además puede quedar instalado en su ordenador.
- En el caso de servicios de tarificación adicional basados en llamadas, preste atención a la duración de la misma. La conexión tiene una duración máxima de 30 minutos. Pasados estos tiempos, la comunicación debe quedar interrumpida automáticamente.
- Tenga presente que a la hora de utilizar un servicio de tarificación adicional, ha de presentársele una locución (normalmente de 15 segundos, más 5 segundos posteriores de guarda) antes de que se inicie el servicio en cuestión, que no puede ser cobrada como tal.
- Revise su factura. Las facturas obligatoriamente deben diferenciar los cargos que correspondan al servicio telefónico, de los de los servicios de tarificación adicional. También tiene derecho a solicitar que le presenten facturas independientes para los servicios de tarificación adicional.
- En la parte de la factura correspondiente, en su caso, a los servicios de tarificación adicional, le deben indicar la identidad de la persona física o jurídica titular del número telefónico al que se ha llamado, así como su número o código de identificación fiscal. En el caso de que esto no sea posible, la empresa operadora tiene que indicar en la factura la identidad de la operadora de red de tarificación adicional, a fin de que usted pueda dirigirse a ella para pedirle la identificación de la entidad prestadora del servicio de tarificación adicional.
- Si no está de acuerdo con la factura, tenga en cuenta que si paga la parte de la factura que corresponde al servicio de comunicaciones electrónicas (servicio telefónico y/o de acceso a Internet) no podrán suspendérselo, sin perjuicio de la deuda que pueda tener por el importe impagado en concepto de servicios de tarificación adicional, que solo dará lugar a la suspensión de dichos servicios.
- En cualquier caso, tenga en cuenta siempre que puede reclamar si se vulneran sus derechos. Recuerda que para reclamar es fundamental disponer de la acreditación documental en que base su reclamación: facturas, contratos, acreditación de la petición de la baja, etc.
- Recuerde que las empresas no pueden contar con números de tarificación adicional para la prestación de un servicio de atención a la clientela, con relación a los bienes adquiridos o los servicios que se hayan contratado.
Recomendaciones para evitar el slamming.
El slamming es una palabra de origen inglés que describe un procedimiento por medio del cual se produce un cambio de compañía de telecomunicaciones sin el consentimiento previo por parte de la persona consumidora y usuaria, utilizándose para ello técnicas fraudulentas.
Como resultado, la persona consumidora y usuaria descubre que su línea telefónica ha sido traspasada a otra compañía de telecomunicaciones sin el consentimiento de la persona titular de la misma. Esto puede detectarse de diversas formas, por ejemplo:
- La compañía operadora original realiza contraoferta a la persona consumidora, ya que aquella entiende que esta se ha pasado a otra compañía de telecomunicaciones.
- La persona consumidora empieza a recibir facturas procedentes de otra compañía operadora.
- De repente se deja de recibir servicio por parte de la compañía operadora actual, y al llamar al mismo éste le informa que ya no se es cliente porque la línea ha sido traspasada a otra compañía de telecomunicaciones.
A continuación, se ofrecen una serie de recomendaciones al objeto de evitar los efectos del slamming:
- Revise cuidadosamente la factura telefónica observando especialmente si aparece en ella el nombre de alguna nueva compañía de telecomunicaciones.
- Si recibe alguna oferta por alguna compañía de telecomunicaciones, y no desea contratarla, decir claramente que NO se desea contratar o que NO se tiene interés en la oferta.
- Cuando no se desee contratar un determinado servicio ofertado por una compañía de telecomunicaciones, es altamente recomendable no facilitar a dicha compañía datos personales en caso de ser solicitados por esta (ni dar, por supuesto, el número de cuenta bancaria).
- Si se recibe alguna llamada telefónica por parte de una supuesta compañía de telecomunicaciones, antes de tomar una decisión, convendría confirmar con la compañía en cuestión la veracidad o legitimidad de dicha llamada.
- Asegúrese de leer cuidadosamente toda la información facilitada por la compañía de telecomunicaciones, entender claramente las tarifas, términos y condiciones de la oferta, almacenando, si es posible, cualquier tipo de publicidad o folletos que se hayan podido facilitar.
- Si a pesar de las recomendaciones e información anteriores, la persona consumidora ya ha sido víctima de slamming, se recomienda interponer la oportuna reclamación.
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