Las empresas de fontanería y otros servicios en el hogar están obligadas a proporcionar presupuesto y factura por el servicio

Consumo recomienda acudir a empresas de confianza, solicitar siempre el presupuesto por escrito y, en caso de que la empresa pida pagos por adelantado, exigir factura de esa entrega
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Consumo Responde quiere incidir en diversos aspectos fundamentales que deben tener en cuenta las personas consumidoras y usuarias a la hora de contratar trabajos de fontanería, albañilería, pintura, etc.

Como recuerda el director general de Consumo, José Agustín González, “la fontanería y otros trabajos de servicios en la vivienda se contratan con cierta frecuencia, y por ello es importante saber qué elementos debemos tener en cuenta para hacer valer nuestros derechos como personas consumidoras y usuarias”.

Ante todo, destaca González, deben contratarse los trabajos con una empresa o profesional de confianza, y no con la primera que se encuentre, siendo imprescindible comparar precios e informarse acerca de la empresa, por ejemplo, en internet (valoraciones, foros, si cuenta con una web segura, etc.).

La persona consumidora y usuaria cuenta con el derecho esencial a que la empresa elabore y proporcione un presupuesto previo, así como a la entrega de factura una vez concluido el trabajo. Se recomienda pedir siempre dicho presupuesto previo por escrito –que funciona como orden de trabajo y en el que deben figurar datos como la identificación de la empresa prestadora del servicio, precio total, o los gastos de desplazamiento o de material–. En caso de existir cualquier variación en el presupuesto, deberá constar por escrito y contar con la conformidad de ambas partes.

Las empresas o profesionales que realicen el servicio tienen que entregar de manera obligatoria a las personas consumidoras una factura, que incluye aspectos como el trabajo realizado, los materiales o piezas que se han empleado en el mismo, el tiempo de mano de obra y los respectivos importes, además de la cuantía de los conceptos por desplazamiento, transporte u otros, para un precio total, que debe coincidir con el presupuesto previo, que obtuvo la conformidad de las dos partes.

En caso de que se soliciten por la empresa pagos por adelantado se debe expedir factura de esa entrega.

Consumo Responde recuerda que las personas consumidoras, y en especial las personas mayores, deben desconfiar de las empresas o profesionales que ofrezcan servicios por unos precios excesiva o anormalmente bajos; que no elaboren presupuesto o faciliten factura del trabajo; que sólo acepten pagos en metálico o por adelantado; que hayan acudido a la vivienda sin haberla contratado o citado de manera previa; o que facturen por cantidades no coincidentes con el presupuesto anterior. Asimismo, González incide en que no debemos dejar entrar a nadie en la vivienda que se haga pasar por una empresa (fontanería, servicio técnico, reparación, etc.), y también hay desconfiar cuando la empresa ofrezca una garantía en la reparación por periodos anormalmente elevados.

La empresa o profesional deberá disponer de la Hoja de Quejas y Reclamaciones a disposición de las personas consumidoras y usuarias para cualquier disconformidad o desacuerdo entre las partes.

Consumo Responde

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página www.consumoresponde.es, del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es; y de los perfiles de Twitter (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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