La Dirección General de Consumo, ante los cierres de centros de depilación láser Europiel en Granada y Málaga, comunica a los afectados:

Las clínicas EUROPIEL de depilación láser, con implantación en Aragón, Cataluña y Andalucía, han cerrado sus centros en las provincias de Granada y Málaga, dejando a clientes sin completar o sin comenzar tratamientos financiados y/o abonados, tales como bonos adquiridos para gastarlos a largo plazo.
  • Como ha podido verificar la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía a través de sus servicios de inspección, han cerrado sus puertas los centros de Europiel situados en un centro comercial de Armilla (Granada), en la localidad malagueña de Rincón de la Victoria y en Málaga capital. La Dirección General de Consumo, mediante visitas a través de sus servicios de inspección, ha confirmado asimismo que el centro ubicado en el Parque Empresarial PISA en Mairena del Aljarafe (Sevilla) sí continúa abierto, siendo la única sucursal andaluza de Europiel que sigue abierta.
  • Europiel Belleza de España SL, empresa matriz de las clínicas de depilación láser, ha notificado al Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia su situación de insolvencia. Asimismo, ha comunicado al juzgado la apertura de negociaciones con sus acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciación o reestructuración de las deudas, de manera que la empresa matriz se encuentra en preconcurso de acreedores.
  • Si la empresa consiguiera alcanzar un acuerdo de pago con los acreedores, se comunicaría al juzgado. De no llegar a ningún acuerdo, la Ley Concursal establece un plazo de un mes más para que la empresa presente el concurso de acreedores.
  • El domicilio social de Europiel Estética de España SL es: C/ Santa Genoveva Torres (Centro Comercial Arena Mul), 46019, Valencia.
  • Desde la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, se recuerda a las personas usuarias que hayan sido afectadas por el cierre de estos centros, que tienen derecho a reclamar el reembolso del importe de los bonos adquiridos, el importe de los tratamientos abonados y no efectuados, y también a reclamar la cancelación de los tratamientos financiados, que no hayan sido realizados o ni siquiera iniciados.
  • De cara a la reclamación contra la empresa, la persona reclamante debe detallar el caso particular y las cantidades que se deban. Dicha reclamación tiene que presentarse por un medio que permita acreditar la realización de la misma (por ejemplo, carta certificada con acuse de recibo), dirigida al domicilio social de la empresa en cuestión. Los datos deben aparecer en el contrato firmado en su día por la persona interesada.
  • En el caso de que un tratamiento haya sido financiado, la persona afectada también debe dirigir la reclamación –tras presentar la reclamación ante la empresa– a la entidad financiera que hubiera concedido el crédito vinculado para la suspensión de los pagos periódicos. Se debe detallar en dicha reclamación lo sucedido y especificar qué demanda la persona usuaria (anulación del contrato firmado por incumplimiento, devolución del importe anulado o, en su caso, del importe de la parte no satisfecha.
  • Para el proceso de reclamación, es fundamental conservar toda la documentación recopilada: folletos; publicidad; presupuestos; contratos; acreditación de los pagos efectuados; facturas; historia clínica, en su caso (solicitado a la empresa en cuestión a su sede social si el establecimiento estuviera cerrado); etc.
  • Si la entidad financiera no atendiera las peticiones de la persona afectada, se podría presentar la oportuna reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de la localidad de residencia de la persona afectada o, en su defecto, ante el Servicio de Consumo Provincial de la Junta de Andalucía de la provincia de residencia de la persona reclamante. Esta reclamación podrá acompañarse, entre otros documentos, de la reclamación previa interpuesta a la clínica, el contrato de financiación, la posible publicidad, así como las comunicaciones mantenidas con la clínica y con la financiera.
  • La persona afectada puede acudir a la vía judicial para demandar sus derechos, para lo cual hace falta abogado y procurador si el importe reclamado superara los 2.000 euros.

Consumo Responde
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder a través del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es, ambos en horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos); así como a través de la página web https://www.consumoresponde.es, y de los perfiles de X (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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