¿Qué ocurre en caso de sobrecontratación de un apartamento turístico?

Los titulares de establecimientos de apartamentos turísticos no deben contratar plazas que no puedan atender en las condiciones pactadas, lo que se conoce como sobrecontratación. En caso contrario, incurrirán en responsabilidad frente a la Administración y los usuarios, y serán objeto de sanción.

Los titulares de los establecimientos de apartamentos turísticos que hagan sobrecontratación estarán obligados a proporcionar alojamiento a los usuarios afectados en otro establecimiento de la misma zona, de igual o superior categoría y en similares condiciones a las pactadas.


Los gastos de desplazamiento hasta el establecimiento definitivo de alojamiento, la diferencia de precio respecto del nuevo, si la hay, y cualquier otro gasto que se origine hasta el comienzo del alojamiento, serán sufragados por el establecimiento sobrecontratado, sin perjuicio de que éste, en su caso, pueda repercutir esos gastos a la empresa que originó de la sobrecontratación.


En el supuesto de que el importe del nuevo alojamiento sea inferior al del sobrecontratado, el titular de éste devolverá la diferencia al usuario.

 

La normativa actual establece que las eventuales responsabilidades de los operadores turísticos en esta materia serán depuradas en el procedimiento sancionador que se instruya al efecto.

 

 

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