Campaña nacional de inspección de cafés y cafés descafeinados 2022

La presente campaña de inspección, que tiene ámbito nacional, se realiza en la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Servicio de Consumo de Sevilla, y está dirigida a controlar que el etiquetado de los productos alimenticios objeto de control se adecúa a la normativa que le resulta de aplicación, para garantizar el derecho a la información de las personas consumidoras, así como controlar la existencia de alteraciones, adulteraciones y fraudes, de productos objeto de la misma.

A) ÁMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN

La presente campaña de inspección, que tiene ámbito nacional, se realizará en la Comunidad Autónoma de Andalucía por parte del Servicio de Consumo de la Delegación Territorial de Salud y Familias de Sevilla.

Las actuaciones se desarrollarán desde el mes de marzo y hasta el mes de julio de 2022.

B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR

En la Campaña de Inspección se controlará que el etiquetado de los productos alimenticios se adecúa a la normativa que le resulta de aplicación, para garantizar el derecho a la información de las personas consumidoras, así como controlar la existencia de alteraciones, adulteraciones y fraudes, de productos objeto de la misma, para lo cual en el establecimiento de venta se llevarán a cabo las actuaciones que se indican a continuación:

- Información obligatoria: verificar la correcta cumplimentación del etiquetado.

- Control analítico: análisis de las exigencias normativas sobre cada producto.

- Adopción de las correspondientes medidas correctoras y sancionadoras, cuando ello sea necesario.

C) NÚMERO DE CONTROLES

De acuerdo con los objetivos previstos, se llevarán a cabo por el Servicio de Consumo de Sevilla 20 controles de la información obligatoria del etiquetado de los productos, y 20 tomas de muestras para su remisión al Laboratorio.

D) PROTOCOLOS DE INSPECCIÓN

Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.

Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.

E) NORMATIVA DE APLICACIÓN

Con independencia de la normativa general, la legislación específica aplicable a esta campaña, a título informativo y sin carácter exhaustivo, es la siguiente:

• Reglamento UE 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

• Real Decreto 1801/2008, de 3 de noviembre, por el que se establecen normas relativas a las cantidades nominales para productos envasados y al control de su contenido efectivo.

• Real Decreto 1808/1991, de 13 de diciembre, por el que se regulan las menciones o marcas que permiten identificar el lote al que pertenece un producto alimenticio.

• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.

• Real Decreto 1676/2012, de 14 de diciembre, por el que se aprueba la norma de calidad para el café.

• Reglamento CE 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos.

• Directiva 1999/4/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de febrero de 1999, relativa a los extractos de café y los extractos de achicoria.

F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES

No se han llevado a cabo campañas de inspección con la misma finalidad en años anteriores.

G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA

Enlace

Valora el contenido:
0