Es habitual que, por diversos motivos, muchas personas asistan a fiestas o eventos organizados. Son típicas las fiestas navideñas, como las de Nochebuena, Fin de Año, o en la noche de Reyes Magos, así como fiestas por la celebración de Halloween. No obstante, la asistencia a estos eventos organizados bien puede suceder en cualquier época del año.
Sea como fuera, y para evitar malas experiencias durante la celebración de una fiesta organizada, es imprescindible contar con una adecuada información acerca de los requisitos que se han de cumplir por parte de las empresas que la organizan, así como de los distintos derechos que asisten a las personas consumidoras que se deciden por asistir a un evento de este tipo. Por ello, la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Consumo ofrece una serie de recomendaciones:
- Es primordial que compruebe que las empresas organizadoras de las fiestas, previa a su celebración, han debido realizar la oportuna comunicación o declaración responsable de la actividad o solicitar autorización, según los casos, a la autoridad competente. Toda fiesta de este tipo que no cuente con dichos requisitos es ilegal y puede poner en riesgo la seguridad de las personas.
- Las empresas organizadoras de la fiesta deben tener contratado un seguro de responsabilidad civil por daños causados a terceros, personales y materiales. Asimismo, siempre es recomendable que también puedan contar con un seguro para responder en caso de pérdidas o robos de objetos depositados en guardarropa. Es, por tanto, aconsejable que se informe sobre tales extremos.
- Antes de la celebración del evento, se recomienda realizar una visita al local donde se va a celebrar la fiesta y comprobar si cuenta con los mínimos requisitos de seguridad exigibles. Por ejemplo:
- Fíjese que cuenta con salidas de emergencia suficientes y utilizables, así como extintores suficientes.
- Compruebe que haya presencia de aseos suficientes y de buena calidad.
- Conozca el aforo total del local.
- Infórmese del número total de entradas puestas a la venta.
- En el supuesto de que existan varias fiestas a las que pueda asistir, compare precios, prestaciones y servicios, para así decidir cuál es la mejor opción.
- Si hay que adquirir una entrada para asistir a una fiesta, desconfíe de la reventa de entradas en la calle, ya que se trata de una actividad ilegal. Recuerde que la entrada o ticket del evento debe indicar, entre otros aspectos: identificación del responsable de la prestación del servicio (CIF, domicilio social); el precio final y completo (incluyendo cualquier tipo de impuesto, cargas o importes por servicios accesorios), así como el aforo. Al adquirir la entrada, se recomienda informarse si, por ejemplo, se incluye la barra libre o sólo da derecho a determinado número de consumiciones, el guardarropa, etc.
- Infórmese sobre los horarios de prestación del servicio, para conocer así hasta cuando se prolongará dicha fiesta.
- Es de vital importancia que conserve, tanto la entrada al evento, como los folletos publicitarios, si se dispone de ellos, ya que la publicidad es vinculante y forma parte del contrato, y puede ser alegada para hipotéticas reclamaciones que se puedan presentar.
- Ha de saber que la relación de precios y el cartel de existencia de hojas oficiales de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía han de estar perfectamente visibles y a disposición del público.
- Asimismo, tenga en cuenta que el establecimiento de Andalucía donde se celebre una fiesta organizada debe contar con hojas oficiales de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía a disposición de la clientela que la solicite.
- Siempre que sea posible, acuda a establecimientos que estén adheridos al Sistema Arbitral de Consumo, ya que esta circunstancia supone una garantía adicional a la hora de solucionar posibles conflictos que pudieran surgir.
- Respete las normas más básicas como no fumar, no llevar bengalas ni otros materiales pirotécnicos que puedan provocar incendios.
La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía recomienda el consumo responsable de alcohol y no conducir si se ha tomado alcohol. Asimismo, recuerda que está prohibida la venta de alcohol a las personas menores de 18 años. Asimismo, en estos y otros eventos donde se reúnen personas, deben seguirse todas las recomendaciones de las autoridades sanitarias, especialmente con relación a la prevención de la COVID-19.
Si necesita información en materia de consumo no dude en contactar con nosotros. Le recordamos que estamos a su disposición de forma gratuita y continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, así como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Y si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.