¿Qué son los complementos alimenticios?
De acuerdo con el Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre, relativo a los complementos alimenticios, se entiende por complementos alimenticios, los productos alimenticios cuyo fin sea complementar la dieta normal y consistentes en fuentes concentradas de nutrientes o de otras sustancias que tengan un efecto nutricional o fisiológico, en forma simple o combinada, comercializados en forma dosificada: cápsulas, pastillas, tabletas, píldoras y otras formas similares como: bolsitas de polvos, ampollas de líquido, botellas de cuentagotas y otras formas similares de líquidos y polvos que deben tomarse en pequeñas cantidades unitarias.
Por lo tanto, estos productos se entregarán a la persona consumidora final únicamente preenvasados.
¿Cuáles son los ingredientes de los complementos alimenticios?
En virtud de la normativa comunitaria vigente, en concreto la Directiva 2002/46/CE, de 10 de junio, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de complementos alimenticios, la normativa nacional sólo establece normas específicas para las vitaminas y minerales y sus formas, que se recogen en los dos Anexos de dicha normativa.
Sólo podrán utilizarse en la fabricación de complementos alimenticios las vitaminas y minerales, así como en las formas que se recogen en los archivos que se adjuntan.
Las cantidades máximas de vitaminas y minerales en los complementos alimenticios por dosis diaria de consumo recomendada por la entidad fabricante, se establecerán teniendo en cuenta los siguientes factores:
- Los niveles máximos de seguridad de vitaminas y minerales a partir de datos científicos reconocidos, teniendo en cuenta, según proceda, los diferentes grados de sensibilidad de las distintas categorías de personas consumidoras.
- La ingesta de vitaminas y minerales a partir de otras fuentes de alimentación.
Con el objeto de garantizar que los complementos alimenticios contengan suficientes cantidades de vitaminas y minerales, se establecerán, según proceda, cantidades mínimas por dosis diaria de consumo recomendada por la entidad fabricante.
Etiquetado, presentación y publicidad de los complementos alimenticios.
En primer lugar, se debe cumplir lo establecido sobre etiquetado general de productos alimenticios.
La denominación con que se comercialicen estos productos deberá ser “complemento alimenticio”.
En el etiquetado, presentación y publicidad de los complementos alimenticios:
- No se incluirá ninguna afirmación que declare o sugiera que una dieta equilibrada y variada no aporta las cantidades adecuadas de nutrientes en general.
- No atribuirá a los complementos alimenticios la propiedad de prevenir, tratar o curar una enfermedad humana, ni se referirá en absoluto a dichas propiedades.
En el etiquetado figurarán obligatoriamente los siguientes datos:
- La denominación de las categorías de nutrientes o sustancias que caractericen el producto, o una indicación relativa a la naturaleza de dichos nutrientes o sustancias.
- La dosis del producto recomendada para consumo diario.
- La advertencia de no superar la dosis diaria expresamente recomendada.
- La afirmación expresa de que los complementos alimenticios no deben utilizarse como sustituto de una dieta equilibrada.
- La indicación de que el producto se debe mantener fuera del alcance de los/as niños/as más pequeños/as.
La cantidad de nutrientes o de sustancias con un efecto nutricional o fisiológico contenida en el producto se declarará en la etiqueta de forma numérica (utilizándose, para las vitaminas y minerales, las unidades indicadas en documento que se adjunta). Las cantidades declaradas de nutrientes o de otras sustancias serán, por dosis de producto, las recomendadas por la entidad fabricante en la etiqueta para el consumo diario.
Recomendaciones a la hora de tomar complementos alimenticios.
A la hora de tomar algún complemento alimenticio, es muy importante seguir una serie de pautas:
- Los complementos alimenticios deben ser tomados a las dosis diarias recomendadas en el etiquetado del producto. Es muy importante que éstas no sean excedidas, ya que tanto una carencia, como un exceso de vitaminas o minerales pueden ser igualmente dañinos.
- Tenga en cuenta que los complementos alimenticios no sustituyen a una dieta equilibrada (una dieta variada y equilibrada puede aportar todos los nutrientes que se necesitan). No obstante, puede ocurrir que algunas personas necesiten, por diversas circunstancias, aportes de vitaminas y minerales en forma de complementos alimenticios.
- No tome complementos alimenticios a la ligera, consulte a su médico especialista sobre la conveniencia o no de tomarlos.
- Es recomendable llevar una vida saludable, siguiendo una dieta lo más variada y completa posible (destacando la importancia de la dieta mediterránea, y el consumo de frutas y verduras), así como, hacer ejercicio moderado de manera habitual.
- Huya de productos que se anuncien con efectos milagrosos o que digan que previenen o curan enfermedades. Proceda a denunciar su comercialización.
- Si tiene alguna duda sobre algún complemento alimenticio, consulte a su médico o médica de familia.
- Es igualmente importante, que tenga en cuenta las posibles interacciones de los complementos alimenticios con medicamentos que pueda estar tomando, destacando de nuevo la conveniencia de contar con el oportuno asesoramiento de persona profesional en medicina o nutrición.
- Asimismo, si usted fuera mujer y estuviera embarazada o en periodo de lactancia, y, en general, si tuviera que someterse a algún tipo de intervención quirúrgica, consulte siempre a su médico o médica de familia, sobre la pertinencia de compatibilizar los complementos alimenticios en esas situaciones.
- Si usted consume algún complemento alimenticio y está teniendo algún tipo de reacción adversa o alérgica, debe suspender su toma y acudir a su médico o médica de familia.
- Recuerde seguir siempre las instrucciones de uso del complemento alimenticio.
Si necesita información en materia de consumo no dude en contactar con nosotros. Le recordamos que estamos a su disposición de forma gratuita y continuada a través de número de teléfono 900 21 50 80, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, así como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Y si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.