Decreto 301/2002, de 17 de diciembre, de agencias de viaje

Esta ley responde a la obligatoria adecuación del marco reglamentario andaluz a las prescripciones contenidas en la Ley estatal de Turismo, respecto a las clases de empresas de mediación turística.
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Además de estipular los requisitos exigidos a dichas empresas, se aspira a ofrecer a las empresas de mediación turística una reglamentación eficiente que favorezca su competitividad y contribuya a reforzar tanto la calidad de los servicios turísticos prestados en Andalucía gracias a la intervención de estas empresas como la protección de los usuarios turísticos.

Asimismo, el contenido del decreto trata de incorporar las últimas orientaciones jurisprudenciales y doctrinales sobre la materia, así como las novedades legislativas producidas en los ordenamientos jurídicos comunitario, estatal y autonómicos.

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