El contador eléctrico

El contador eléctrico es el aparato de medida instalado por la compañía distribuidora que se encarga de realizar las medidas de los consumos de electricidad de los hogares. Han evolucionado mucho, desde los antiguos analógicos, hasta los digitales con capacidad de telegestión y telemedida integrados en el sistema.
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Torreta eléctrica

Equipos de medida y control. Contadores de electricidad.

Para la contratación del suministro de electricidad, la persona consumidora deberá contar con instalaciones adecuadas para la colocación de los equipos de medida y control (contadores de electricidad). Los contadores:

  • Podrán ser instalados por cuenta de la persona consumidora o ser alquilados a las empresas distribuidoras.
  • En el caso de personas consumidoras con puntos de suministro en baja tensión (menor o igual a 1 kV), las empresas distribuidoras están obligadas a poner a su disposición equipos de medida y elementos de control de potencia para su alquiler.
  • Los limitadores de corriente o interruptores de control de potencia (ICP) se colocarán en el local o la vivienda lo más cerca posible del punto de entrada de la derivación individual. Si por circunstancias hubieran de instalarse en la centralización de contadores, los ICP serán de reenganche automático o reenganchables desde el domicilio del contrato.
  • Con respecto al ICP:
  1. Si el equipo de control de potencia se colocara posteriormente al inicio del suministro, este se instalará preferentemente del tipo de ICP de reenganche automático.
  2. En el caso de que la clientela opte por alquilar el equipo de medida a la empresa distribuidora, el precio del alquiler incluirá los costes asociados a la instalación, sin perjuicio  del derecho de cobro por la empresa distribuidora de los derechos de enganche en concepto de verificación y precintado de dicho equipo de control de potencia y de la obligación de la persona consumidora de contar con instalaciones adecuadas para la colocación de los contadores.
  3. En los casos de que el equipo de control de potencia se colocara con posterioridad al inicio del suministro, la empresa distribuidora deberá comunicar a la clientela la obligación de instalarlo según los plazos establecidos. Si se han realizado dos notificaciones sin que la persona consumidora haya expresado su voluntad de instalar por sí mismo el ICP, la empresa distribuidora deberá proceder a su instalación, facturándose en este caso, además de los derechos de enganche vigentes, el precio establecido para el alquiler del equipo de medida o contador.
  4. Si la empresa distribuidora no pudiera instalar el equipo de control de potencia, podrá proceder a la suspensión del suministro
  • Realizada la instalación, se colocarán en los equipos de medida los precintos que sean exigibles.
  • La persona consumidora será la responsable de la custodia de los equipos de medida y control y la entidad propietaria (en el caso de alquiler, la empresa distribuidora) de los mismos lo será de su mantenimiento.
  • Si por elevaciones anormales de tensión u otras causas imputables a la empresa distribuidora, los contadores sufrieran averías, será de cuenta de la empresa distribuidora su reparación o sustitución.
  • La lectura de los suministros será responsabilidad de las empresas distribuidoras.

Se podrá solicitar por parte de las empresas distribuidoras y, en su caso, comercializadoras, al órgano competente en materia de energía de la Comunidad Autónoma, la comprobación y verificación de los contadores, ICP y otros aparatos que sirvan de base para la facturación:

  • En el caso de que se comprobara un funcionamiento incorrecto, se procederá a efectuar una refacturación complementaria.
  • Si se hubieran facturado cantidades inferiores a las debidas, la diferencia a efectos de pago podrá ser prorrateada en tantas facturas mensuales como meses transcurrieron en el error, sin que pueda exceder el aplazamiento  ni el periodo a rectificar de 1 año.
  • Si se hubieran facturado cantidades superiores a las debidas, deberán devolverse todas las cantidades indebidamente facturadas en la primera facturación siguiente, sin que pueda producirse fraccionamiento de los importes a devolver.
  • En este caso, se aplicará a las cantidades adelantadas el interés legal del dinero vigente en el momento de la refacturación. En el caso de que el error sea de tipo administrativo, los cobros o devoluciones tendrán el mismo tratamiento anterior.

Tipos de contadores.

Existen dos tipos de contadores o equipos de medida de la electricidad:

  • Los contadores analógicos (no digitales):
  1. Son los más antiguos y suman automáticamente el consumo de acuerdo al periodo de la factura.
  2. Las lecturas de los mismos serán reales y bimestrales.
  3. La facturación se calculará con la media del precio diario de la electricidad en el mercado y el perfil de consumo de la persona usuaria.
  4. La facturación se hace, en general, cada 2 meses.
  • Los contadores digitales son de funcionamiento electrónico y son capaces de medir en tiempo real los consumos de energía eléctrica realizados. Los contadores digitales de telegestión son una fase más en la evolución de los contadores digitales:
  1. Son capaces de realizar lecturas de los consumos horarios a distancia, así como realizar de forma remota cambios en la potencia contratada y en los tipos de tarifa y solucionar incidencias. De este modo, el personal técnico de la compañía ya no tendría que desplazarse a los domicilios ni para realizar las lecturas de los contadores, ni para hacer efectivos los cambios de tarifa o de potencia de los contratos. Son los denominadoss contadores inteligentes.
  2. No obstante, para aprovechar al máximo las ventajas de los contadores de telegestión, estos han de estar efectivamente integrados en dicho sistema de telemedida y telegestión.
  3. Serán instalados y mantenidos por la empresa distribuidora (que sustituirán los antiguos por los nuevos).
  4. En este caso, y para PVPC, la factura será calculada en función del consumo realizado cada hora de acuerdo con el precio marcado en ese momento por el mercado mayorista.
  5. La facturación será mensual.

En el supuesto de los contadores digitales, con capacidad de telegestión y telemedida, pero no integrados en el sistema:

  • La facturación se realizará aplicando a las lecturas reales por periodos puestas a disposición de los comercializadores por los encargados de la lectura, los perfiles de consumo.
  • Cuando la persona consumidora disponga en su vivienda de un contador de telegestión con la telemedida habilitada integrado en el sistema, se comenzará a facturar mensualmente con lecturas reales.

De acuerdo con la Disposición Adicional primera de la Orden ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008:

  • Todos los contadores de medida de suministros de energía eléctrica con potencia contratada de hasta 15 kW, se han sustituido, en virtud del plan de sustitución de equipos de medida, por nuevos equipos de medida que permitan la discriminación horaria y la telegestión antes del 31 de diciembre de 2018.
  • A partir del 1 de enero de 2019, cada empresa distribuidora de energía eléctrica podía mantener, debidamente justificado, hasta un máximo de un 2% del total de parque de contadores sin sustituir (siempre que fuese debido a causas no imputables a dicha distribuidora).

 

Cobros por sustitución de los contadores.

La sustitución del contador, de acuerdo con lo establecido en el plan de sustitución de equipos de medida (en virtud del cual todos los contadores de suministros con potencia contratada de hasta 15 kW deben sustituirse por nuevos equipos que permitan la discriminación horaria y la telegestión), es gratuita.

Asimismo, las condiciones contractuales (por ejemplo, tipo de tarifa, potencia contratada,…) que se tuvieran antes de la instalación del contador inteligente se mantendrán tras la instalación del mismo.

 

¿Cuáles son las ventajas de los contadores de telegestión efectivamente integrados en el sistema de telegestión y telemedida?

La telegestión es un sistema de medida y comunicación bidireccional entre los contadores y las distribuidoras eléctricas que, con las máximas garantías de integridad y seguridad:

  • Permite el acceso remoto a los contadores de energía eléctrica.
  • Presenta disponibilidad de lectura, gestión de la energía, control de la potencia demandada y contratada, gestión de la conexión/desconexión de suministros y otras funcionalidades
  • Posibilita el intercambio de información y actuaciones entre los sistemas de las empresas y los propios contadores.

La tenencia de contadores con capacidad de telegestión y efectivamente integrados en el sistema de telegestión y telemedida, conlleva una serie de ventajas:

  • Se tiene capacidad de realizar las lecturas del consumo eléctrico horario, cambios de potencia contratada, cambios de tarifa y otras operaciones (tanto contractuales, como de solución de incidencias) de manera remota, por lo que ya no hará falta que el personal técnico se desplace a los domicilios para llevar a cabo dichas acciones.
  • La tenencia del contador en régimen de alquiler permite el pago de una pequeña cantidad asociada a la factura mensual en concepto de alquiler de equipo de medida. Tener en alquiler dicho equipo lleva incluido el mantenimiento del mismo y su sustitución en caso de que se averíe.
  • Se pasa de pagar con base a lecturas estimadas, a pagar con base a lecturas reales por hora por lo cual se paga justo el precio marcado en ese momento por el mercado mayorista de la electricidad. Por lo tanto las personas consumidoras verán reflejada en su factura la aplicación de los nuevos precios en función de su consumo horario a lo largo del día. En este sentido, se ofrece a la persona consumidora información útil, con el fin de que pueda modificar sus hábitos de consumo adecuándolos a los precios de la energía en cada momento, para así realizar un consumo inteligente y eficiente:

En torno a las 20:15h de cada día, Red Eléctrica Española publica, a través de su página web, los precios horarios de la electricidad que se aplicarán en cada una de las 24 horas del día siguiente.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) dispone de un simulador de facturas de electricidad de suministros acogidos al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y facturas de último recurso para consumidores vulnerables, teniendo en cuenta la tenencia de contador analógico, así como de contador inteligente (pudiéndose consultar el tipo de contador o equipo de medida de que se dispone en los datos del contacto de la factura, situado normalmente en la parte inferior de la primera página de la misma).

  • El conocimiento de los precios horarios de la electricidad, cuando se dispone de contadores de telegestión efectivamente integrados en el sistema permite a las personas consumidoras adaptar su consumo eléctrico a los momentos del día en que la luz sea más económica.
  • La eficiencia en los consumos de electricidad logrados con la tenencia de un contador de telegestión efectivamente integrado en el sistema aboga por una mayor protección del medio ambiente, al lograrse un consumo más eficiente de la energía.

Para las personas consumidoras que aun no dispusieran de contadores con capacidad de telegestión y telemedida efectivamente integrados en el sistema, y mientras que las compañías no procedan a su instalación o implementación, los precios se aplicarán mediante un perfil de consumo que Red Eléctrica actualiza constantemente. Dichos perfiles de consumo son publicados también a través de la web de Red Eléctrica.

 

Si necesita información en materia de consumo no dude en contactar con nosotros. Le recordamos que estamos a su disposición de forma gratuita y continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, así como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Y si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.

Asimismo, podrá ampliar información al respecto en las comercializadora de electricidad correspondiente a su suministro eléctrico. En la web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) las podrá consultar.

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