Con carácter general, los establecimientos comerciales no están obligados a aceptar el cambio o devolución de un producto, salvo que esté defectuoso o esta opción esté contemplada en su política comercial. Por esta razón, y para evitar problemas si se desea cambiar o devolver un producto, se ofrecen una serie de consejos y recomendaciones.
- Antes de proceder a comprar un determinado producto es recomendable informarse en el establecimiento sobre la política de cambios y devoluciones. Así, por ejemplo, podremos informarnos sobre si aceptan cambios de talla, de color, etc., de una determinada prenda y, en caso de que se acepten, en qué condiciones se podría hacer. Por ejemplo:
- Si se acepta la devolución del producto por el dinero pagado, o bien en vales o bonos.
- Si hay algún plazo para proceder al cambio o devolución.
- Si el producto debe devolverse sin haberse desprecintado.
- La devolución de un producto es una facilidad que ciertos comercios ofrecen, de manera voluntaria, a su clientela. Dicha devolución puede consistir en: devolver el dinero, cambiar por otro producto o entregar un vale, debiéndose tener en cuenta que no es legal que establezcan un plazo de caducidad para su utilización.
- Hay supuestos en los que el establecimiento está obligado siempre a proceder al cambio de los productos.
- Para poder cambiar un producto es imprescindible disponer del tique o factura de compra del mismo. Es por ello necesario solicitar y exigir al establecimiento que nos facilite este documento a la hora de realizar la compra. Tras la compra, el tique (o la factura) debe conservarse en buenas condiciones. Para evitar que se borre con el paso del tiempo, se puede hacer una fotocopia o fotografía del documento.
- Tenga en cuenta que para los supuestos de compras realizadas a distancia (por ejemplo, a través de internet o teléfono), o realizadas fuera de establecimiento mercantil, la persona consumidora gozará del derecho de desistimiento de la contratación realizada durante un periodo de 14 días naturales (sin alegar motivo alguno, ni pudiéndose aplicar penalización alguna) contados a partir de:
- La celebración del contrato (si se trata de un contrato de servicios).
- El día que la persona consumidora y usuaria adquiera la posesión material del producto solicitado (si se trata de un contrato de venta).
- Si el establecimiento acepta cambios y devoluciones y plantea de manera injustificada algún problema para ello, puede solicitarle la hoja de quejas y reclamaciones oficiales de la Junta de Andalucía.
- Es una garantía adicional, realizar las compras en establecimientos adheridos al Sistema Arbitral de Consumo.
Si necesita información en materia de consumo no dude en contactar con nosotros. Le recordamos que estamos a su disposición de forma gratuita y continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, así como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Y si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.