Sin embargo, esta reglamentación dispone de la posibilidad de exenciones del precio por unidad de medida cuanto esta indicación no ofrezca ninguna información útil a los consumidores.
Con esto se da cumplimiento también a la Ley de Defensa de los Consumidores que indica que los productos puestos a disposición de los consumidores deben incorporar o llevar consigo una información veraz, eficaz y suficiente sobre sus características esenciales y entre ellas se menciona la indicación del precio de los productos.
En la tramitación del presente Real Decreto se han recabado los informes pertinentes del Consejo de Consumidores y Usuarios y de las organizaciones empresariales, habiendo emitido su informe preceptivo la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria.